REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
ASUNTO PRINCIPAL: FP11-R-2007-000351
ACTA AUDIENCIA ORAL DE APELACION
En el día de hoy, lunes catorce (14) de enero del año dos mil ocho (2008), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la audiencia de apelación de conformidad con lo dispuesto en el articulo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, relacionada con el recurso de apelación en ambos efectos interpuesto por los ciudadanos MILVIA CAROLINA AGUILAR, en su condición de representante legal de la parte demandada recurrente y LUIS LEDEZMA, en su condición de parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que incoaran los ciudadanos JHON FIGUEROA Y LUIS LEDEZMA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.516.955 y 10.388.088, respectivamente por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en contra de la empresa GRANDA C.A, suficientemente identificada en autos. Debidamente constituído el Tribunal, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencia de este Circuito Laboral en la forma de Ley, dejándose expresa constancia que el Tribunal cumple con el mandato legal previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referido a la reproducción audiovisual del presente acto. Seguidamente, la Secretaria de Sala procede a verificar la identificación de las partes, constatándose la incomparecencia de la representación judicial de la parte demandada recurrente. Asimismo, se constató la incomparecencia de la parte demandante recurrente el ciudadano LUIS LEDEZMA, solo compareció la ciudadana RAQUEL AROCHA, en su condición de abogada asistente.
De seguidas la Jueza toma la palabra y señala: “Este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO, los recursos de apelación interpuesto por los ciudadanos MILVIA CAROLINA AGUILAR, en su condición de representante legal de la parte demandada recurrente y LUIS LEDEZMA, en su condición de parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar por su incomparecencia a la presente audiencia.
SEGUNDO: En consecuencia de lo antes expuesto se RATIFICA la referida sentencia.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en cuanto al demandante recurrente y se condena en costas a la demandada recurrente de conformidad al artículo 62 ejusdem.
Se ordena remitir la presenta causa al Tribunal de Origen. Igualmente se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, con sede en el Palacio de Justicia de Ciudad Guayana, en Puerto Ordaz, a los catorce (14) días del mes de enero de 2.008. 197º de la independencia y 148º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. MERCEDES GOMEZ CASTRO.
LA ABOGADO ASISTENTE
ABG. MARLYN BECERRA
EL SECRETARIO DE SALA,
ABOG. ABELARDO VAHLIS.
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