ACTA

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-001282
PARTE ACTORA: Ciudadano TEODORO CORDOVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.779.435.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanos YOAN CEDEÑO Y ROSANGELA BRITO, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 125.608 y 125.525.
PARTE ACCIONADA: ANDAMIOS DEL SUR C. A.
APODERADA DE LA PARTE ACCIONADA: Ciudadana ZAIDA VAHLIS, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.582.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy 15 de Enero de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, quien no compareció ni por si ni por medio de representante alguno, solo compareció la ciudadana ZAIDA VAHLIS, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.582, en su condición de apoderada judicial de la parte accionada, quien consignó copia fotostática de instrumento poder el cual fue confrontado con su original. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Año 148º y 197º.


LA JUEZA
Abog. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA.



LA SECRETARIA.