REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 29 de enero de 2007
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2007-001480

Vista la transacción suscrita por el ciudadano NEUDIS DE JESUS LINARES, titular de la cédula de identidad n° 18.615.327, demandante en el presente juicio, debidamente asistido por la abogada RAQUEL AROCHA, inscrita en el IPSA bajo el n° 64.404, e igualmente suscrita por el abogado JOSE RAFAEL RODRIGUEZ AVILAN, inscrito en el IPSA bajo el n° 31.060, actuando como apoderado judicial de la demandada de autos: SURAUTO, C.A. mediante la cual, las partes, previo análisis de lo demandado y excepcionado, deciden poner fin al juicio, con un pago único al demandante por la suma de Bs. 2.580.326,47, solicitando, finalmente, la homologación del acuerdo. Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, por cuanto dicha transacción no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo le imparte la HOMOLOGACION correspondiente, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente, a los fines de su seguridad y resguardo.

El Juez

ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ

La Secretaria de Sala,

ABG. MIRNA CALZADILLA