ASUNTO: FP02-S-2007-004693
Resolución: PJ0212008000028
Visto y leído el escrito y sus anexos presentados por los Ciudadanos RIGOBERTO LA ROSA Y YOLANDA JOSEFINA LOPEZ, debidamente asistidos por la Dra. EDITH GONZALEZ DE VELASQUEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.650, y vista la opinión del Fiscal de Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal con fundamento a lo establecido en el artículo 268 del Código Civil, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, nombra como CURADOR ESPECIAL de el niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), al Ciudadano: JOSE RAFAEL VELASQUEZ OLIVIERI, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 3.020.155, para que las represente en la cesión de derechos que realicen los progenitores de el niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), a favor de el mismo, quien aceptó el cargo y juró cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, expídase por Secretaria copio Certificada del presente decreto a la solicitante a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ DE PROTECCION N° 01
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
LA SECRETARIA DE SALA.
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
ASISTENTE
LILIBETH AMARAL.
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