ASUNTO: FP02-V-2007-001395
RESOLUCION: PJ0232008000038
En horas de despacho del día de hoy 18/01/08, siendo las Nueve y Treinta de la Mañana (09:30 AM), día y hora fijado para que los ciudadanos: BEATRIZ DEL VALLE GOMEZ AFANADOR y DENNY DANIEL LIZARDI, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.144.097 y 15.125.211, respectivamente, anunciado el acto con las formalidades de Ley, a las puertas del Tribunal, comparece la ciudadana: BEATRIZ DEL VALLE GOMEZ AFANADOR, antes identificada, debidamente asistida por la DRA. GRACIELA MARCANO, Defensora Pública Primera en Materia de Protecciòn del Niño y del Adolescente y el Tribunal deja constancia que compareció el ciudadano: DENNY DANIEL LIZARDI, plenamente identificado en autos sin asistencia alguna. Acto seguido la Ciudadana: BEATRIZ DEL VALLE GOMEZ AFANADOR, manifiesta a este Tribunal que acepta la oferta Alimentaria, presentada por el ciudadano: DENNY DANIEL LIZARDI, el cual se compromete a suministrarle al niño: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), la Suma equivalente a: 1) Un VEINTICUATRO PUNTO CINCO POR CIENTO (24.5%) del salario mínimo nacional, el cual se encuentra establecido por el Ejecutivo actualmente en la suma de SEISCIENTOS CATORCE BOLIVARES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. F 614,79), que llevado a Bolívares asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. F 150,60 ) mensuales por concepto de obligación alimentaria, que por este mes serán depositados en fecha 22/01/2008, y los siguientes depósitos los realizaran los primeros diez (10) días de cada mes, los mismos serán depositados directamente en la Cuenta de Ahorros que se ordeno aperturar a la madre guardadora en el Banco BANFOANDES, a nombre de la misma y movilizable por este Tribunal, y la cual se obliga a notificar a éste Tribunal para que el padre efectúe los depósitos correspondientes. 2) Igualmente se compromete el ciudadano DENNY DANIEL LIZARDI, titulare de la Cédula de Identidad Nº V-15.125.211, para el mes de SEPTIEMBRE, a cubrir los gastos para la compra de útiles escolares y uniformes, etc. 3) Asimismo se compromete el ciudadano DENNY DANIEL LIZARDI, titulare de la Cédula de Identidad Nº V-15.125.211, a cubrir en el mes de DICIEMBRE, para la compra de ropa, calzado y juguetes del niño antes mencionado. El Tribunal visto el Convenimiento suscrito por las partes y de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la L.O.P.N.A, ordena HOMOLOGARLO, darle carácter de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir copias certificadas de la presente homologación que soliciten las partes en el presente caso. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE PROTECCION (3)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LA OFERIDA Y SU DEFENSOR JUDICIAL
EL OFERENTE
LA SECRETARIA DE SALA (ACC)
DRA. MARIA EUGENIA SALAZAR
LEMR/Shidelly Inagas.-
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