REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 11 de enero de 2008.-
197º y 148º
ASUNTO: FP02-M-2007-000120
Vista la diligencia de fecha 08 de enero de 2.008, suscrita por el abogado LEONEL JOSE JIMENEZ ISEA, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora en el presente proceso, mediante la cual ratifica la solicitud realizada en fecha 18-12-2007, a fin de que se ordene el traslado del alguacil a las empresas señaladas en la misma, con el objeto de practicar la citación personal de la parte demandada, este tribunal para pronunciarse sobre lo peticionado, debe realizar las siguientes consideraciones:
PRIMERO: En auto de fecha 05-12-2007, se admitió demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por los ciudadanos: DELIA BERENICE CORREA SAN MARTIN y CARLOS ARISTIDES CORREA SAN MARTIN contra EUTIMIO ARISTIDES CORREA TORREALBA, ordenando emplazar a la parte demandada, a los fines de la contestación de la demanda, librándose al efecto la respectiva compulsa de citación.
SEGUNDO: Mediante diligencia de fecha 18-12-2007, los abogados: JORGE SAMBRANO MORALES y LEONEL JOSE JIMENEZ ISEA, en su carácter de co-apoderados judiciales de los ciudadanos: DELIA BERENICE CORREA SAN MARTIN y CARLOS ARISTIDES CORREA SAN MARTIN, solicitaron al tribunal se ordene el traslado del alguacil a las empresas indicadas en la misma, con el fin de practicar la citación personal del ciudadano EUTIMIO CORREA TORREALBA.-
TERCERO: En fecha 08 de enero de 2008, se dictó auto mediante el cual entre otras cosas, se instó al alguacil de este despacho, a los fines de que lleve a efecto la citación personal del demandado de autos en cualquiera de las direcciones indicadas por la parte actora en diligencia de fecha 18-12-2007, tal como se desprende del folio 109 del presente expediente.-
Del mismo modo se desprende de autos que en esta misma fecha (08-01-2008), el co-apoderado judicial de la parte actora a través de diligencia que corre inserta al folio 111 del presente expediente, ratifica la solicitud de fecha 18-12-2007, la cual como se dijo antes fue proveída por este juzgado en la fecha antes indicada (08-01-2008), instando al alguacil de este tribunal para que practique la citación de la parte demandada.
CUARTO: Ahora bien, siendo la oportunidad para que este tribunal se pronuncie sobre lo peticionado por el co-apoderado judicial de la parte actora el 08-01-2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, le causa extrañeza a quien suscribe, la diligencia de fecha 08-01-2008 presentada por el ciudadano LEONEL JOSE JIMENEZ ISEA, solicitado nuevamente se inste al alguacil de este juzgado a fin de que practique la citación de la parte demandada, en razón de ello se le hace un llamado de atención al mencionado profesional del derecho, ya que lo peticionado ha sido acordado en la fecha ut-supra indicada, para que en el futuro no incurra en situaciones iguales como la de autos, vale indicar, solicitudes infundadas, evitando así que el Tribunal distraiga inútilmente su tiempo examinando asuntos o materias sobre las cuales ya se ha pronunciado.-
La Juez,
Dra. Haydée Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Temporal,
Sofía Medina.-
HFG/irassova.-