REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 22 de enero de 2008.-
197º y 148º

ASUNTO: FP02-M-2007-000125
SENTENCIA N° PJ0182008000038

Vista la diligencia de fecha 18 de enero de 2008, suscrita por la abogada en ejercicio, SORY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.326 y de este domicilio, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora, ciudadano JUAN ALBERTO GUEVARA, mediante la cual DESISTE del procedimiento y solicita la devolución de los documentos originales consignados junto con el libelo de demanda previa su certificación en autos, y por cuanto el mismo no versa materia sobre la cual esté prohibido el DESISTIMIENTO, este tribunal le imparte su aprobación y ordena su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- De consiguiente se ordena el archivo del expediente y así mismo la devolución de los originales solicitados que acompañaron a dicha demanda previa su certificación en autos.-

La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-


La Secretaria Temporal,

Sofía Medina.-


HFG/airam.-