REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 24 de enero de 2008.-
197º y 148º
ASUNTO: FP02-S-2008-000183
SENTENCIA N° PJ0182008000045
Visto el anterior escrito de fecha 15 de enero de 2008, suscrito por los ciudadanos: WILLIAMS ANTONIO SERRANO y MODESTA JOSEFINA CADENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.890.233 y 8.892.301 respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada OLGA GUTIERREZ BRANCHI, mediante el cual solicitan se le imparta homologación a la partición y liquidación amistosa de la comunidad conyugal realizada entre ellos, y por cuanto la misma no resulta contraria a derecho el tribunal le imparte su aprobación y acuerda dicha PARTICION en los términos y condiciones por los solicitantes acordados, y así mismo se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas. Se da por terminado el presente procedimiento, y se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.-
La Juez,
Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Temporal,
Sofía Medina.-
HFG/airam.-
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