REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 09 de enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO: FP02-S-2007-000680
RESOLUCION Nº PJ0182008000012
Vista la diligencia de fecha 19-12-07 suscrita por una parte por el ciudadano PEDRO RENE SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.834.974 y domiciliado en el fundo sají, vía Puerto Ordaz-Guri, municipio Heres del estado Bolívar, asistido del abogado NELSON CARPIO MUÑOZ, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 62.641 y por la otra la abogada Lola Esther Rodríguez, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 114.528, de este domicilio, quien actúa en nombre y en representación de la ciudadana MIREISA LUGO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el municipio Caroní del estado Bolívar y aquí de tránsito, representación que se evidencia del instrumento poder que consta en autos; donde a través de la misma deciden dar por terminada la presente solicitud, a través de la TRANSACCION que cursa a los folios 105 al 106 del presente expediente. El tribunal vista la anterior transacción, por cuanto sobre la misma no versa materia sobre la cual esté prohibida la TRANSACCION, le imparte su aprobación y de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, ordena su homologación.
La Juez,
Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.
La Secretaria Temporal,
Sofía Medina.
HFG/belkis
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