REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar

ASUNTO: FP02-S-2007-002100

Con fecha 18 de abril de 2007, el ciudadano JOSE INES BRITO, venezolano, mayor de edad y de este domicilio, debidamente asistido por la Profesional de Derecho SULEIMA CONDE HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.171, consignó por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento, recibida por este Tribunal en la misma fecha y solicitó la INSERCION DE SU ACTA DE NACIMIENTO, habida cuenta de que no consta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar.-

Alega el solicitante en su escrito de solicitud lo siguiente:

Que su nacimiento se produjo en el Hospital Ruiz y Páez de Ciudad Bolívar del Estado Bolívar, el día 08 de junio del año 1951.

Que es hijo de José Inés Malave Brito y María Victoria Brito (hoy fallecida).

Que no aparece asentada la mencionada partida en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar.

Con fecha 23 de abril de 2007, previo su estudio fue admitida la solicitud en referencia y se ordenó emplazar por medio de EDICTO, publicación que debía hacerse en un diario de extensa circulación de la Capital de la República, a todo aquel que pudiere tener interés directo y manifieste en la petición planteada, para que en un plazo de DIEZ (10) DIAS de los señalados para despacho en este Tribunal diera contestación a la solicitud que origina dichas actuaciones. Asimismo se ordenó la citación del ciudadano José Inés Malave Brito.



Publicado en edito en el Diario “Ultimas Noticias” de la ciudad de Caracas y vencido como quedó el plazo para la contestación, habiendo comparecido el ciudadano José Inés Malave Brito manifestado que es cierto que el ciudadano José Inés Brito es su hijo, que nació el 08 de junio de 1951.

Cumplida como fue la publicación y consignación del edicto y citado el ciudadano José Inés Malave Brito, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Notificado como fue el Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, quedó abierto a pruebas el procedimiento de inserción.

Por las razones expuestas este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO del solicitante JOSE INES BRITO plenamente identificado, hijo de José Inés Malave Brito y María Victoria Brito (hoy difunta), nacido en el Hospital Ruiz y Páez de Ciudad Bolívar del Estado Bolívar, el 08 de junio de 1951, por no encontrarse asentada dicha acta de nacimiento en Los Libros de Registro Civil correspondientes, todo en atención a lo dispuesto en el Artículo 458 del Código Civil y a lo expresamente señalado en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-

De conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar, a fin de que inserte íntegra la presente sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Organismo.-

Publíquese y regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en Ciudad Bolívar a los diez días del mes de enero del año dos mil ocho. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.

El Juez,
La Secretaria,

Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
Ab. Soraya A. Charboné.-

En la misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo la nueve y treinta minuetos de la mañana (09:30 a.m.).
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-


MAC/Sch/Yinet.-
Resolución Nº PJ0192008000011