REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO SEDE EN CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, veintidos de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: FP02-V-2007-001375
Visto el desistimiento del procedimiento presentado en fecha 14 de enero de 2008, por la abogada LILINA NUÑEZ DE OVIEDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 32.537, en su carácter de apoderada judicial de actora, el Tribunal lo declara improcedente en derecho por cuanto al haberse consumado la perención, la cual se verifica de derecho, se extinguió el procedimiento sin que sea posible para los demandantes desistir de lo que ya no existe; a lo sumo podrían desistir de un eventual recurso de apelación contra la sentencia que declara la extinción de la instancia.
El Juez,
Ab. Manuel Alfredo Cortés
La Secretaria,
Ab. Soraya A. Charboné.-
MAC/Sch/Yinet.-
Resolución Nº PJ0192008000052