Exp 1240/07
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 13 de Febrero de 2008.
Año 197º y 148º.
Por cuanto en la presente causa en la cual la ciudadana: FRANK ANTONIO ANSELMI FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 4.383.553, asistido por la Abogada: YOLIMAR VANEGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 90.228, consigno pago del canon de arrendamiento de una casa ubicada en la carrera 19 entre calles 12 y 14 de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyo canon es de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,00) mensuales, consignación que fue notificada al Abogado: ANTONIO JAVIER PEREZ BRITO, titular de la cedula de identidad Nº: 7.402.871, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 90.415, en su condición de Apoderado Judicial de los Ciudadanos: MARIA ESTHER GANCEDO DE RUBIO y JOSE ANTONIO RUBIO REY, titulares de las cédulas de identidad Nros: E-203.498 y 11.426.939, según consta de Poder Autenticado por ante la Notaria Publica del Municipio Autónomo Peña del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Agosto de 2005, quedando inserto bajo el Nº: 41, Tomo: 19 de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, quien se presento por ante este Juzgado y solicito le fueran entregadas las cantidades de dinero que fueron depositados a nombre de sus Representados, el Tribunal procedió en consecuencia y ordeno la entrega de dichas cantidades de dinero, con lo cual la causa produjo el resultado perseguido por el solicitante, quedando la causa terminada. Este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Terminada la presente causa y ordena el archivo del presente expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua a los Trece (13) días del mes de Febrero del año 2008. Año 197º y 148º.
El Juez
Abg. Octavio Méndez. La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón
En la misma fecha y siendo las 02:40 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón
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