REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 11 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-000461
ASUNTO : UP01-P-2008-000461
Visto el escrito presentado por los Abogs. JIMMY HERNÁNDEZ y ALEXANDER GARCÍA, en su carácter de Fiscales del Ministerio Público Auxiliar Vigésimo Cuarto a Nivel Nacional con Competencia Plena y Auxiliar Nacional con Competencia Aduanera, Tributaria y Aduanera en colaboración con la Fiscalía Octava a Nivel Nacional con competencia, donde solicitan se le dicte Medida Judicial Privativa de Libertad al ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.822.609, de nacionalidad Venezolana, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, nacido en fecha 24-05-1983, de profesión u oficio taxista, de 24 años de edad, residenciado en la Urbanización Luis Herrera Campins, Avenida 04, con Calle 01, Sector 1, Casa S/N, la Morita Nueva, San Felipe, Estado Yaracuy, este Tribunal acuerda fijar la Audiencia respectiva.
Celebrada la audiencia privada, para oír a las partes previo el cumplimiento de las formalidades legales estando presentes los representantes del Ministerio Público, el imputado JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ y la Abog. GLORIA TORRELLAS, Defensora del presentado.
Se le concedió la palabra a los Abogs. JIMMY HERNÁNDEZ y ALEXANDER GARCÍA, en su carácter de Fiscales del Ministerio Público Auxiliar Vigésimo Cuarto a Nivel Nacional con Competencia Plena y Auxiliar Nacional con Competencia Aduanera, Tributaria y Aduanera en colaboración con la Fiscalía Octava a Nivel Nacional con competencia quienes procedieron ratificar su solicitud, realizan el señalamiento de los hechos ocurridos en fecha 22 de Mayo de 2007, en virtud del plagio de la ciudadana BETTY ISABEL MORERA CRUZ en el Auto Periquito Los Guaros”, ubicado en la 5ta Avenida con Calle 24 del Municipio San Felipe, cuando la sometieron a ella y a los clientes del lugar, utilizando un vehículo tipo Ranchera, de color azul, la cual fue abandonada posteriormente en el sector Mampostal, a la señora la trasladan a otro sitio y la cambian de vehículo, luego llaman al esposo de la secuestrada y piden rescate, la llevaron a un terreno de tierra, coordinaron como iba a ser el pago y horas después se hizo efectivo el pago y la señora fue liberada en palito blanco, de la investigación se desprende que Jesús manifiesto que era quien manejaba el vehículo y JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ portaba el arma de fuego con la cual sometió a los clientes del negocio de la secuestrada. Ahora bien, una vez aperturara la investigación, en fecha 08-02-2008 se ejecutó orden de Allanamiento, emanada del Juzgado Primera Instancia en Funciones de Control Nro. 06, de esta Circunscripción Judicial, Asunto Principal: UP01-P-2008-000372, de fecha 04/01/2008, para el inmueble ubicado en: la Urbanización Luis Herrera Campins, Avenida 04, con calle 01, sector 1, casa sin número, la Morita Nueva, San Felipe, Estado Yaracuy con la finalidad de localizar elementos de interés criminalístico relacionado con la presente averiguación signada con el número 22-F2-1052-07 (nomenclatura de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy) por una comisión constituida por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, específicamente Comisión Multidisciplinaria donde recaban teléfonos celulares, un uniforme Militar y unos binoculares y una caja con balas, al concluir el acto son trasladados al Despacho los ciudadanos CAMACHO GIMENEZ JORGE LUIS, titular de la cédula de identidad Nº V-16.822.609, así como los ciudadanos CARO TANIA LUCIA y CARO D’YER ALEXIS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.284.238 y V-15.482.519, respectivamente, estos últimos testigos del allanamiento realizado, a fin de entrevistar a los ciudadanos mencionados; por lo expuesto solicitan se decrete Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por cuanto están llenos los extremos del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otro lado, solicitan se decrete la Nulidad de la Aprehensión del supra mencionado ciudadano de conformidad con lo establecido en el Artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la misma se efectuó durante la ejecución de Visita Domiciliaria realizada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en el domicilio del ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, sin orden para ello.
Se le concedió la palabra al imputado JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, a quien dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal se procedió a explicarle de manera sencilla, los hechos expuestos por la Representación Fiscal, así como de la imposición del Precepto Constitucional que los exime de declarar y de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso y este manifestó entender los mismos y querer declarar y expuso: “Yo no tengo nada que ver en ese secuestro y esa declaración fue bajo tortura, me aplicaron gas lacrimógeno, me torturaron y me hicieron firmar una declaración”.
Posteriormente le fue concedido el derecho de palabra a la Defensora quien expone: “La orden de allanamiento no tiene ningún error en cuanto a la dirección, pero como el no estaba en esa casa y que estaba en la casa de la mama, van a casa de la mamá y tumban la puerta de la casa de la mama donde realizan el allanamiento agarran unos celulares y ven un uniforme militar, uniforme que es de Camacho por que el pago servicio militar y el uniforma estaba en un closet y eso no es delito. El allanamiento fue a las 6 de la mañana, estando una señora con una niña, si eso fue el 8 de febrero a las 6 de la mañana y ya hoy es 10 de febrero, la solicitud es extemporánea por haber transcurrido más de 48 horas sin haberlo presentado ante el Tribunal, tampoco existe orden de aprehensión en su contra. La señora secuestrada nunca dio características de quienes la secuestraron, sino que la señora un día vio una persona muerta en el periódico y va al CICPC y dice que esa persona fue quien la secuestro y comienzan a buscar a las amistades de la persona muerta, relacionando a mi defendido con el secuestro. El único elemento que existe contra mi defendido es un acta policial donde supuestamente mi defendido libre de coacción dio unas declaraciones que lo inculpan contraviniendo el articulo 125 del Copp que establece que debe estar asistido por un abogado y la normativa d que no puede declara en si contra, esta acta desde fecha de cuando mi defendido estaba privado de su libertad. Entonces se va a declarar la detención que es ilegal y venirlo a imputar a esta sala, siendo que la imputación se debe hacer en la fiscalia y no en esta sala de conformidad al articulo 124 del Copp que establece que debe existir imputación previa para solicitar orden de aprehensión subvirtiendo así el proceso, queriendo hacer valer una declaración que fue bajo tortura, además en su casa no encontraron nada que lo relacionen con ese secuestro. Pide el misterio público la nulidad de la aprehensión, pero no de la declaración que le hicieron bajo coacción a mi defendido. Por lo expuesto solicito la nulidad de la Privación de libertad, del acta de fecha 8/02/08 realizada por el órgano investigador, donde mi defendido declarara contra si mismo, solicito al Ministerio Publico impute a mi defendido de conformidad con las normas establecidos para ello con suficientes elementos de convicción en su contra y al Tribunal solicito no imponga la media Judicial Preventiva Privativa de Libertad. Por sentencia de sala penal vinculante para los tribunales penales de fecha 01/10/07 con ponencia de Deyanira Nieves que sin imputación previa no se puede librar orden de aprehensión.”.
Vistos y oídos los alegatos de las partes este Tribunal para decidir observa:
1.- En relación a la solicitud de la Nulidad de la Aprehensión del ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la misma se efectuó durante la ejecución de Visita Domiciliaria realizada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en su domicilio, sin orden de aprehensión sino de allanamiento de morada, este Tribunal observa que efectivamente dicha aprehensión se realizó en violación al Articulo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que la misma se produce en fecha 08/02/08 luego de haberse realizado un allanamiento y con posterioridad al mismo, tanto el ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ como los ciudadanos CARO TANIA LUCIA y CARO D’YER ALEXIS, que fungen como testigos del mismo fueron trasladados al órgano de investigación a los fines que rindan entrevista, quedando JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ privado de libertad, sin constar ninguna actuación más que un Acta Policial, donde el funcionario deja constancia del dicho de JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, en consecuencia al no existir ni orden judicial ni ser sorprendido in fraganti, su detención es Nula y en consecuencia es porcedente Decretar su Nulidad Absoluta, de conformidad al Artículo 191 del Código Orgánico procesal Penal, por cuanto se violaron principios constitucionales que atentan contra su libertad individual.
2.- Por su parte solicita la Defensa la Nulidad del allanamiento y las actas posteriores a esa alegando que el mismo no se realizó en la dirección ordenada, sin embargo observamos que la orden de allanamiento que cursa en el asunto N° UP01-P-2008- 372 se realizó en la Urbanización Luis Herrera Campins, Calle 1, Sector 1, La Morita Nueva coincidiendo tal dirección con la plasmada por los funcionarios que realizaron la visita domiciliaria, por lo tanto hasta no ser desvirtuado lo actuado por los funcionarios se les da pleno valor y en consecuencia tiene validez.
3.- Así mismo señala la Defensa que el Acta de Investigación Penal de fecha 08/02/08 por cuanto se trata de una declaración de su defendido sin estar en presencia de su defensor, se observa que de las actuaciones realizadas por los funcionarios receptores no se evidencia que la misma constituya una declaración de imputado, sino un acto de investigación donde el funcionario narra lo que le expuso una de las personas que se encontraba presente al momento del allanamiento, por lo que la misma es legítima hasta tanto no sea desvirtuada, por cuanto se deduce que se trata, en su momento, de un acto de investigación del cual se deriva la acción.
4.- En cuanto a la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad solicitada en el día de hoy, es necesario verificar que se encuentren acreditados los expiremos del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y así tenemos:
1.- Existe la comisión de un hecho punible como es el delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana BETTY ISABEL MORERA CRUZ, cuya acción no está evidentemente prescrita y merecen pena privativa de libertad.
2.- Existen fundados elementos de convicción para estimar que los imputados, han sido participes en la comisión de los hechos punibles, los cuales se desprenden de:
1.- Acta de Entrevista rendida por la ciudadana MORERA CRUZ BETTY YSABEL, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Comisión Multidisciplinaria en el Estado Yaracuy, en la cual entre otras cosas manifestó:”… El día martes veintidós de Mayo del año dos mil siete, me encontraba en el local cuya dirección mencioné, estaban tres personas más, estaba un empleado de nombre HERMES BARRETO, un vendedor de nombre LUIS DELGADO y WILFREDO CHIRINOS, quien maneja un taxi, y siempre visita el local, eran aproximadamente las cinco y media de la tarde, cuando se llegó una camioneta ranchera, modelo Caprice, color azul, de la misma se bajaron cuatro o cinco sujetos, no recuerdo bien, se quedó el chofer en la camioneta, los sujetos que se bajaron portaban armas de fuego, sometieron a los hombres que estaban allí en el local, los llevaron al baño, los dejaron encerrados, a mi me pusieron una capucha en la cabeza, una especie de bolso de color negro, me montaron en la camioneta donde llegaron los sujetos y arrancaron, me quitaron mi teléfono celular, y con el mismo comenzaron a comunicarse con mi esposo y con mi cuñada, la esposa de mi hermano, al comienzo empezaron a pedir cien millones de bolívares, esto lo hacían mientras manejaban, luego de unos diez minutos aproximadamente de ir en la camioneta, se detuvieron y me sacaron del vehículo y me montaron en otro, sentí que era más pequeño, pues íbamos más apretados dentro del mismo, continuamos rodando por unos cinco minutos aproximadamente, hasta que se detuvieron, escuché que abrieron un portón, la carretera es de tierra, debe ser una zona agrícola, el portón rozaba con la tierra al abrirlo, entonces entramos seguimos luego de pasar el portón, nos detuvimos, me bajaron, me sentaron en el suelo, de tierra, continuaron haciendo la negociación, me tuvieron allí por un lapso de cuatro horas y media, hasta que me volvieron a montar al carro, en la parte trasera del mismo y comenzaron a manejar, hasta que me dejaron en la vía de Palito Blanco, un poco más arriba del aserradero o carpintería que está en esa zona, y los sujetos tomaron nuevamente el distribuidor y se vinieron hacia San Felipe. Yo para el momento que ellos me llevan, tenía dos teléfonos celulares, ellos, tomaron uno para hacer la negociación, y cuando me dejaron, me dieron el otro teléfono para que llamara a mis familiares, cuando me dejaron llamé a mi esposo DARWIN DAVID RODRIGUEZ OVIEDO, y èl fue a recogerme conjuntamente con mi hermano JESUS MANUEL MORERA CRUZ. Quiero decir que mientras esos sujetos me bajaron del carro y me sentaron en el suelo, el carro se fue, y cuando regresó allí vino otro sujeto del cual no había escuchado su voz, para el momento mi hija de ocho años de edad, me había llamado al celular, y por supuesto le atendieron los sujetos, y hablé con ella, ellos pusieron el altavoz, y ella llegó a decirles que no me hicieran daño, y ese sujeto que llegó nuevo, dijo que le echara la bendición, que no sabía si volvería a verla. También dijeron los sujetos que al momento que alguno de nosotros, de mi familia o yo, denunciara ellos lo iban a saber, porque tenían gente del Gobierno. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA A LA ENTREVISTA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA/ Diga usted, cuántos sujetos tripulaban el vehículo que llegó hasta su negocio y cuántos se bajaron de dicho vehículo?. CONTESTO/ De verdad que no recuerdo en estos momentos, se que eran cuatro o cinco, incluyendo al conductor”. SEGUNDA/ Diga usted, las características físicas de los sujetos que entraron a su local para el momento de plagiarla?. CONTESTO/ Había uno blanco con el cabello como pincho, había uno moreno alto, robusto, realmente no recuerdo los rostros de esos sujetos, el que más vi, y que fue a quien vi de completamente de frente fue a un sujeto que luego observé había muerto cuando se enfrentó con otros sujetos por un presunto botín, esto salió en los periódicos a principios del mes de Diciembre del año pasado”. TERCERA/ Diga usted, estos sujetos llegaron a lesionarla?. CONTESTO/ No”. CUARTA/ Diga usted, los sujetos llegaron a llamarse entre ellos por nombres o apodos?. CONTESTO/ No, ellos lo que decían era, uno al referirse al otro, ‘El mío’, “. QUINTA/ Diga usted, de ver nuevamente a los sujetos los reconocería?. CONTESTO/ No sé, porque todo fue muy rápido y estaba muy nerviosa”. SEXTA/ Diga usted, a que hora estos sujetos la dejaron el libertad?. CONTESTO/ Aproximadamente a las once y media de la noche”. SEPTIMA/ Diga usted, las características del teléfono del cual los sujetos hicieron las llamadas telefónicas a su esposo y a su cuñada?. CONTESTO/ Es un teléfono marca Kyocera, era de color gris, cuyo número es 0414-054-34-23, el mismo lo tuve activo hasta hace como un mes aproximadamente, puedo decir que yo llamaba a ese teléfono y nunca lo contestaron y otras personas me decían en la calle, ‘te he llamado a ese teléfono y me cae la contestadota, lo cual quiere decir que no lo utilizaron más”. OCTAVA/ Diga usted, quien hizo la negociación con los plagiarios?. CONTESTO/ Mi cuñada llamó a mi teléfono y los sujetos lo contestaron, y después se comunicaron con mi esposo, o mi esposo con ellos, de verdad que allí no estoy clara, y fue con mi esposo que ellos concertaron el pago, que fue de setenta millones de bolívares (Bs.70.000.000,oo)”. NOVENA/ Diga usted, antes de este hecho, tuvo algún problema con alguna persona?. CONTESTO/ No”. DECIMA/ Diga usted, cuales son los números telefónicos de su cuñada y de su esposo?. CONTESTO/ el de mi esposo es 0416-13-24-95 y el de mi cuñada es 0414-553-70-04”. DECIMA PRIMERA PREGUNTA/ Diga usted, el nombre de su cuñada?. CONTESTO/ Ella se llama ADAILUZ ALFARO, pero ella actualmente está viviendo con mi hermano en España”. DECIMA SEGUNDA/ Diga usted, donde se pueden ubicar las personas que mencionó, se encontraban en su negocio?. CONTESTO/ Hermes en mí negocio, Wilfredo, siempre está trabajando, el trabaja de taxista y LUIS vive en Valencia, yo puedo ubicarlo”. DECIMA TERCERA/ Diga usted, cuántas personas trabajan en su negocio?. CONTESTO/ El negocio está compartido en dos, en el primero solo trabaja HERMES, y el otro para ese momento trabajaban ADENIS LOPEZ, FELIPE LOPEZ, quienes viven en La Morita, y RANIERO PERAZA y WILLIAM MENDOZA”. DECIMA CUARTA/ Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista?. CONTESTO/ Bueno que alguna persona me dijo que los que cometieron este hecho en mi contra fueron unos sujeto apodados EL HIGUITA, EL LIGUITA, que fue al que mataron en el hecho que antes mencioné y EL NIÑO LAYA, todos residentes de La Morita, también que al parecer el vehículo al cual me cambiaron cuando dejaron la Ranchera Caprice, es un Corsa, que al parecer también fue plagiado, esto no lo puedo asegurar, igualmente quiero decir que al parecer uno de los sujetos cuyos apodos mencioné, está preso por porte ilícito de arma de fuego en la cárcel de aquí de Yaracuy”. Es todo…”.
2.- Acta de Entrevista rendida por la ciudadana SALCEDO SILVA, HONEL ANTONIO, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Comisión Multidisciplinaria en el Estado Yaracuy, en la cual entre otras cosas manifestó: “… Bueno el día de hoy en horas de la mañana, estaba yo en la bodega, cuando me llamaron unos funcionarios de este Cuerpo Policial y me dijeron que los acompañara a hacer un allanamiento en una casa donde funciona otra bodega, la propietaria de la casa le permitió la entrada a los funcionarios, y comenzaron a revisar, allí agarraron a un muchacho a quien le preguntaron su nombre, el mismo respondió a su nombre y apodo, revisaron su cuarto, allí encontraron unos documentos de teléfonos y una cartucho de escopeta y una bala, además de dos teléfonos celulares, mientras que del cuarto de la señora, dueña del inmueble encontraron varias balas, es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA/ Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos narrados?. CONTESTO/ eso fue hoy a eso de las siete de la mañana, el allanamiento lo iban a realizar en la casa de un muchacho de por allá que a veces saludo y a quien apodan EL NIÑO LAYA, que está ubicada en la calle principal de la referida urbanización”. SEGUNDA/ Diga usted, cómo es el comportamiento de este ciudadano allí en el lugar donde vive?. CONTESTO/ De verdad yo apenas lo conozco, si lo veo lo saludo, eso es todo”. TECERA/ Diga usted, las evidencias que se le ponen de vista y manifiesto fueron encontradas en la residencia del ciudadano que mencionó como EL NIÑO LAYA (SE DEJA CONSTANCIA DE PONERLE DE VISTA Y MANIFIESTO AL ENTREVISTADO LA CANTIDAD DE OCHO BALAS TRES CALIBRE 357, CUATRO CALIBRE 38, UNA CALIBRE 45 Y DOS CONCHAS PERCUTIDAS CALIBRE 38; TRES DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES A VEHÌCULOS Y DOS CORRESPONDIENTES A TELEFONIA UNO DE DIGITEL Y EL OTRO DE MOVILNET UNA FOTOGRAFIA y UN CARTUCHO CALIBRE DE ESCOPETA, Y DOS TELEFONOS MARCA MOTOROLA) .CONTESTO/ Esas son las cosas que se encontraron en la residencia que fue visitada, tanto en el cuarto donde duerme el muchacho a quien conozco como el NIÑO LAYA y la habitación de su madre”. CUARTA/ Diga usted, durante el procedimiento llegó a observar atropellos por parte de los funcionarios hacia las personas que habitan el lugar?. CONTESTO/ No”. QUINTA/ Diga usted, tiene conocimiento a que se dedica el ciudadano mencionado como EL NIÑO LAYA?. CONTESTO/ El trabaja de taxista”. SEXTA/ Diga usted, conoce en el sector a un ciudadano conocido como YIRITA?.CINTESTO/ No”. SEPTIMA/n Diga usted, desea agregar algo á a su entrevista?. CONTESTO/ Es todo”. Terminó, se leyó y conformes firman…”.
3.- Acta de Entrevista del ciudadano YEIKER RAFAEL TORRES VEGA, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Comisión Multidisciplinaria en la cual entre otras cosas manifestó:”…El día de hoy 28-01-08, en horas tempranas a eso de las siete u ocho de la mañana, se presentaron en mi casa unos funcionarios de la PTJ, que tenían una orden de allanamiento para revisar mi casa, entonces entraron y registraron todo después me dijeron que debía acompañarlos para ser entrevistado por el allanamiento en ese momento mi mamá llegó a la casa y se puso muy nerviosa porque anteriormente fui secuestrado caso que fue denunciado por mi mamá…al conversar con los funcionarios de la PTJ explicaron todo que no existía problema conmigo ….A PREGUNTA FORMULADA CONTESTO. VIGESIMA CUARTA…Sí cuando secuestraron a la dueña del Auto periquito Los Guaros unos muchachos conocidos como el EGUITA, EL YIRITA y el RAMON habían secuestrado a la dueña del establecimiento y que la persona que al parecer había dado la información de la señora fue un trabajador de ella de nombre OSMAN LOPEZ…”.-
4.- Acta de Entrevista del ciudadano LOPEZ SEQUERA, YOHOMER FELIPE, mencionado en autos como FELIPE LOPEZ, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Comisión Multidisciplinaria en la cual entre otras cosas manifestó:”… Estábamos trabajando en el local Los Guaros II, cuando de pronto el esposo de la señora BETTY recibió una llamada, y cuando dejó de hablar lo que nos dijo fue que bajáramos la Santa María, que cerráramos el local que él se iba para la clínica, nosotros nos sorprendimos, porque inclusive tuvimos que decirle a clientes que se fueran y vinieran al día siguiente, por la desesperación que tenía DARWIN, el esposo de BETTY, entonces él se montó en su carro y dijo que uno de nosotros se fuera con él, y WILLIAM se fue con el, y al rato bajo William nuevamente y nos dijo que a BETTY la habían secuestrado, luego DARWIN me dijo que le comprara dos tarjetas de MOVILNET, y se encerró con WILLIAM, los demás nos fuimos, entonces en la noche, después de las diez de la noche, WILLIAM me mandó un mensaje diciéndome que no fuera a comentar el hecho con nadie, pero que ya a la señora BETTY la habían liberado. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA/ Diga usted, Lugar, hora y fecha de los hechos narrados?. CONTESTO/ Realmente no recuerdo la fecha exacta, creo que fue en el mes de mayo del año pasado, eran como las cinco de la tarde, de donde se llevaron a la señora BETTY, fue del local Los Guaros I, que está ubicado en la 5ta. Avenida con Calle 24, San Felipe”. SEGUNDA/ Diga usted, cuántos sujetos tripulaban el vehículo que llegó hasta su negocio y cuántos se bajaron de dicho vehículo?. CONTESTO/ De verdad que no recuerdo en estos momentos, se que eran cuatro o cinco, incluyendo al conductor”. SEGUNDA/ Diga usted, tiene conocimiento de cómo ocurrieron los hechos donde fue secuestrada la ciudadana BETTY MORERA?. CONTESTO/ No, porque yo no estaba allí”. TERCERA/ Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación a los ciudadanos que a continuación se le nombran: YAIKER, YIRITA Y NIÑO LAYA, de ser afirmativa su respuesta, indique a que se dedican los mismos? CONTESTO/A YAIKER lo conocí porque tengo entendido que según a él lo secuestraron, y le llevaron las llaves del carro y yo le cambié la codificación en las llaves nuevas, al NIÑO LAYA, también le he hecho trabajos en su carro, a YIRITA no lo conozco, y EGUITA, lo había escuchado nombrar en el sector, sé que era balandro y lo conocí fue por la foto que salió en los diarios cuando lo mataron; a YAIKER lo he visto trabajando de taxista al igual que al niño LAYA”. CUARTA/ Diga usted, dónde pueden ser ubicados YAIKER y EL NIÑO LAYA?. CONTESTO/ YAIKER vive en la avenida principal de la Morita, frente a donde están construyendo un Pre-escolar y EL NIÑO LAYA, vive en la misma calle principal, cruce con 10, donde hay una bodega”. QUINTA/ Diga usted, que tipo de vehículos poseen YAIKER Y EL NIÑO LAYA?. CONTESTO/ YAIKER tiene un Corsa dos puertas, de color verde oscuro, como aceituna, en la noche sè vè como negro y EL NIÑO tiene un Corsa cuatro puertas, de color dorado o beige”. SEXTA/ Diga usted, tiene conocimiento que estas personas que menciona como YAIKER y EL NIÑO, pertenezcan a alguna banda hamponil?. CONTESTO/ No sè”. SEPTIMA/ Diga usted, tiene conocimiento que estos ciudadanos mencionados como YAIKER y EL NIÑO LAYA, estén involucrados en el secuestro de la ciudadana BETTY MORERA?. CONTESTO/ A quien yo escuché que estas personas estaban involucradas en ese hecho, fue a ella misma, cuando salió en el periódico la foto del apodado EGUITA…”:-
5.- Acta de Entrevista rendida por el ciudadano LAYA DURAN JESUS ANTONIO, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas, Comisión Multidisciplinaria en el estado Yaracuy, en la cual entre otras cosas manifestó: “…El día de hoy entre seis y media y siete de la mañana se presentó en mi residencia una comisión del CICPC, estaban tocando la puerta, y nos asustamos…mi mamá abrió, los funcionarios le explicaron de que se trataba y con dos testigos que trajeron, se les permitió el acceso a mi residencia, preguntaron a quien le dicen EL NIÑO LAYA, yo contesté que a mi, y explicaron porque preguntaban por mi persona, luego revisaron toda la casa, dijeron que buscaban teléfonos, libretas bancarias, armas de fuego, y pasamontañas, de mi cuarto tomaron mi teléfono y el de mi esposa, además encontraron un cartucho de color amarillo de los que usan las escopetas y una bala, luego revisaron el cuarto de mi mamá y mi papá y allí encontraron unas balas, posteriormente, luego de realizar un acta que firmaron los testigos y mi mamá como propietaria de la casa, nos vinimos a este Despacho, yo como no tengo nada que temer les dije que cualquiera de ellos podía traerse el carro a fin de que sea verificado y todo se aclare con relación a los hechos que se están investigando y así lo hicieron los funcionarios. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA/ Diga usted, Lugar, hora y fecha de los hechos narrados?. CONTESTO/ En mi residencia, el día de hoy, entre seis y media y siete de la mañana”. SEGUNDA/ Diga usted, los funcionarios mostraron en su residencia la respectiva orden de visita domiciliaria?. CONTESTO/ Si”. TERCERA/ Diga usted, es conocido en el sector donde reside por algún apodo o remoquete?. CONTESTO/ Si me dicen EL NIÑO”. CUARTA/ Diga usted, los funcionarios le explicaron por qué lo solicitaba la comisión?. CONTESTO/ Si, me dijeron que aparecía mencionado en una investigación de secuestro, lo cual les aseguro no es así, yo trabajo con mi taxi, es todo”. QUINTA/ Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación a los sujetos apodados EL YIRITA, EGUITA Y YAIKER?. CONTESTO/ Conozco y trato a YAIKER, ya que él es prácticamente vecino mío, a EGUITA lo conocí porque él en una oportunidad estuvo hospitalizado por un accidente y su familia contrató mis servicios para trasladarlo del hospital a su casa y viceversa, ya que a él le daban permisos para ir a su casa mientras esperaba una operación y a YIRITA, sé que vive en el sector, lo conocí una vez que me solicitó una carrera hasta el centro de San Felipe, lo dejé y eso fue todo”. SEXTA/ Diga usted, cómo es o era el comportamiento de los sujetos que antes mencionó?. CONTESTO/ Yaiker es una buena persona, lo conozco desde hace muchos años, lo considero como amigo; YIRITA, he escuchado que se la pasa con una banda que le dicen LOS MENORES, y tienen problemas con una banda que le dicen los de abajo, es por los sectores y EGUITA, se que era del mismo sector de YIRITA, a él lo mataron hace como dos meses atrás”. SEPTIMA/ Diga usted, usualmente le presta servicios de taxi a YIRITA?. CONTESTO/ tengo tiempo que no, le hice unas tres carreras en distintas ocasiones, pero como dije nuestra relación era solo de taxista a cliente”. OCTAVA/ Diga usted, tiene conocimiento que estas personas YIRITA Y EGUITA, estuvieran involucrados en hechos delictivos como secuestros?. CONTESTO/ No sé”. NOVENA/ Diga usted, las características de su vehículo y dónde se encuentra el mismo?. CONTESTO/ Mi vehículo es un Chevrolet, modelo Corsa, cuatro puertas, año 2001, placas ADH-59I, color gris, el mismo se encuentra en este Despacho, porque les dije a los funcionarios que fueron a mi residencia que podían traerlo a efecto de que se investigue este hecho y sea verificado, para que se constate que yo trabajo legalmente”. DECIMA/ Diga usted, dónde puede ser ubicado el ciudadano mencionado como YIRITA?. CONTESTO/ El vive en la Morita Nueva, en el Sector I, la casa no la sé y la calle tampoco”. DECIMA PRIMERA/ Diga usted, las características fisonómicas de YIRITA?. CONTESTO/ Es de piel morena, rellenito, como de 1,65 de estatura, de unos 19 ó 20 años de edad”. DECIMA SEGUNDA/ Diga usted, cuál es el nombre de este ciudadano mencionado como YIRITA? CONTESTO/ No lo sé”. DECIMA TERCERA/ Diga usted, tiene conocimiento que YIRITA posea algún vehículo, se de ser afirmativa su respuesta, indique el modelo del mismo? CONTESTO/ Lo he visto montado en un vehículo de color blanco, creo que es un Toyota Araya, no sé si es de su propiedad”. DECIMA CUARTA/ Diga usted, tiene conocimiento que YIRITA posea armas de fuego?. CONTESTO/ No sé, no lo he visto, escucho que tiene problemas con los de la otra banda, pero yo no lo he visto”. DECIMA QUINTA/ Diga usted, por qué estaba ese cartucho y la bala en su habitación?. CONTESTO/ De verdad ese cartucho tiene muchos años allí, que no recuerdo de donde lo obtuve”. DECIMA SEXTA/ Diga usted, por qué en la habitación de sus padres estaban las balas que se decomisaron durante el allanamiento?. CONTESTO/ Porque yo tengo un cuñado que es policía, es funcionario de este Cuerpo Policial y cuando estuvo viviendo allá en la casa dejaba balas, y mi mamá las guardó, se llama Jhonny Duran, trabaja aquí en San Felipe…”.-
6.- Acta Policial de fecha 08-02-08, suscrita por el Sub Inspector Alfredo Paredes, adscrito a la Dirección de Investigaciones de Delitos en la Función Pública del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia investigativa realizada: “Continuando las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con el número H-529.340, que se instruye por la presunta comisión de uno de los delitos Contra La Libertad Individual y Contra La Propiedad, encontrándome en el Despacho y en el mismo los ciudadanos: CAMACHO GIMENEZ JORGE LUIS, titular de la cédula de identidad Nº V-16.822.609, así como los ciudadanos: CARO TANIA LUCIA y CARO D’YER ALEXIS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.284.238 y V-15.482.519, respectivamente, testigos del allanamiento realizado, conjuntamente con los Inspectores Dean Clemente y Francisco Gómez, pasamos a la oficina del Comisario Jairo Araujo, a fin de entrevistar a los ciudadanos mencionados; donde el ciudadano: CAMACHO GIMENEZ JORGE LUIS, (a) YIRITA, nuevamente dijo tener toda la disposición de colaborar en el caso que nos ocupa, y estando sin ningún tipo de constreñimiento o amenaza, manifestó delante de todos los presentes lo siguiente “El año pasado por el mes de mayo, yo pensaba robar en el local auto periquitos que está en la 5ta.avenida con calle 24 de esta ciudad, ya que el lugar es un poco solitario, pero un compañero de nombre DANIEL, me dijo que mejor secuestrábamos a la dueña porque ella tenía dinero, por lo cual planeamos como hacerlo, en esto estábamos WILLY, DANIEL, JESUS, EGUITA; a quien mataron en un enfrentamiento y mi persona, JESUS consiguió una camioneta Caprice de color azul, con la cual llegamos al local, y abandonamos luego, para irnos en el vehículo Fiat color rojo, que era propiedad de WILLY, a la señora la llevamos hasta una casa en Chivacoa, donde estaba alquilado JESUS, yo les dije a mis compañeros que eso tenía que ser rápido, porque yo no quería pasar más de dos días con esa señora; efectivamente la tuvimos como tres horas, ya que el esposo pagó la suma de setenta millones de bolívares y dejamos a la señora en un sector llamado Palito Blanco, de lo cual me tocaron once millones y medio de bolívares, con lo cual le compré el FIAT ROJO a WILLY; cada uno de los participantes estaba armado para el momento, DANIEL portaba un revólver calibre 38, EGUITA (occiso) portaba una 9mm, JESUS tenía una pistola calibre 7,65 marca Beretta, yo portaba un 357, WILLY no portaba arma, su función fue chofer, yo sé llegar a las direcciones de estas personas. También quiero decir que en el mes de Septiembre me detuvo la policía con un vehículo robado y me quitaron el 357, aquí tengo una boleta de Excarcelación de fecha: 05-12-2007, emanada del Tribunal 6º de Control del Estado Yaracuy, donde dice que debo presentarme allí cada ocho días y deseo consignarla en este acto”. Seguidamente previo conocimiento del Comisario Jairo Araujo, nos dirigimos el Inspector Francisco Gómez, Inspector Onesimo Orozco y mi persona, bordo de la unidad P-30260; conjuntamente con el ciudadano: CAMACHO GIMENEZ JORGE LUIS, hacia los lugares donde según sus conocimientos residen los ciudadanos que estuvieron con él durante el hecho que se investiga. Primeramente nos dirigimos hacia la población de CHIVACOA, específicamente hacia el sector La Virgen, señalando en la primera entrada una casa de color amarillo, techo de zinc, ventanas cubiertas con tablas, como el lugar donde mantuvieron cautiva a la dueña del auto periquito, la cual tenía alquilada JESUS; más adelante, entre una vivienda con el Nº 3392 y una cancha de bolas criollas, se encuentra una vivienda tipo rural de color verde, es la casa donde habita JESUS, manifestando que él lo visitó en la misma muchas veces; seguidamente nos trasladamos hasta el sector La Morita Nueva, y en la calle principal, cruce con diez, a dos cuadras de la esquina en una residencia de color rosado con rejas de color blanco, ubicada entre dos casas de color azul, es la casa donde vive WILLY; continuamos en el mismo sector de la Morita Nueva y a una media cuadra aproximadamente, en frente al Comando de la Policía del Estado Yaracuy, en ese sector nos señaló una residencia de color verde, rejas color blanco, al lado de una casa de color naranja, habita el ciudadano a quien èl le vendió el vehículo marca FIAT, de color ROJO, y labora en la Morgue del Hospital central de Yaracuy, pero desconoce el nombre. Posteriormente nos trasladamos hasta el sector Las Tapias, en la entrada que està posterior a la estación de Servicio del mismo nombre, a unos cien metros de la cancha de Básquet Ball, nos fue señalada una casa de color azul con rosado, donde vive el ciudadano mencionado como DANIEL. Acto seguido nos retiramos del lugar…”.-
7.- Acta de Entrevista de la ciudadana CARO TANIA LUICIA, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, científicas, Penales y Criminalisticas, en la cual entre otras cosas manifestó:”… El día de hoy en horas de la mañana, se presentó en la vereda donde vivo una comisión de este Cuerpo de Investigaciones, los mismos me llamaron para que les sirviera de testigo en un allanamiento que iban a realizar, en la residencia de la señora Jiménez Maritza Josefina, vecina del sector, en su casa cuando entraron, revisaron cada uno de los cuartos de la casa, en los primeros dos encontraron unos teléfonos celulares, y el en el tercero encontraron a YIRITA, hijo de la señora Maritza, quien responde al nombre de: CAMACHO GIMENEZ, Jorge Luís, en su habitación encontraron un uniforme Militar. Cuando los funcionarios cerraron el acta que se levantó y firmó en el lugar. Cuando salíamos en compañía de JORGE LUIS, este le dijo a la comisión que los llevaría a donde tenía unas armas de fuego guardadas; la comisión se dirigió al matorral que JORGE LUIS le indicó, que esta adyacente a la casa de JORGE, fuimos igualmente mi hermano D’YER, quien también fungió como testigo y yo, y lo que encontraron en el lugar donde le señalo YIRITA, fue unos vinoculares (sic) y una caja con unas pocas balas, manifestando el mismo, que habían otras personas vinculadas a estas armas de fuego y seguramente se las habían llevado, luego de allí nos trasladaron hasta esta sede, donde pasamos a la oficina del Comisario Jairo Araujo, quien se disponía a hacernos entrevistar, pero YIRITA o sea CAMACHO GIMENEZ JORGE LUIS, comenzó a contarle todo lo referente a un secuestro y el Comisario nos permitió escuchar todo lo que pasó. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA A LA ENTREVISTA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA/ Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos narrados?. CONTESTO/ Eso fue hoy a eso de las siete de la mañana en la casa de la señora Maritza, que está a dos casas de la mía”. SEGUNDA/ Diga usted, qué objetos encontraron los funcionarios que practicaron la visita domiciliaria en casa de la ciudadana MARITZA JOSEFINA GIMENEZ?. CONTESTO/ Allí encontraron varios teléfonos y un uniforme Militar de color verde”. TERCERA/ Diga usted, los objetos que se le ponen de vista y manifiesto fueron los colectados por los funcionarios que practicaron la visita domiciliaria en casa de la señora MARITZA JOSEFINA GIMENEZ (EL FUNCIONARIO RECEPTOR DEJA CONSTANCIA DE HABERLE PUESTO DE VISTA Y MANIFIESTO A LA ENTREBVISTADA UN TELEFONO CELULAR MARCA NOKIA, MODELO 6120, DE COLOR NEGRO, UN TELEFONO CELULAR MARCA MOTOROLA, MODELO C222, DE COLOR GRIS Y BLANCO; UN TELEFONO CELULAR MARCA MOTOROLA, MODELO C213, DE COLÑOR BLANCO Y GRIS; UN TELEFONO CELYULAR (sic) MARCA SAGEN, MODELO MY-X1-2- TRIO, DE COLOR VERDE, UN TELEFONO CELUKLAR MARCA MOTOROLA, MODELO MQ4-441H11, COLOR NEGRO, UN TELEFONO CELULAR MARCA NOKIA, MODELO E61i, TIPO PALM, COLOR GRIS Y NEGRO, UN PANTALON TIPO MILITAR, DE COLOR VERDE, TALLA 42; UNA CHAQUETA (GEURRERA) TIPO MILITAR, COLOR VERDE, CON UNA TALLA DONDE SE LEE “SIDO’S- DISEÑOS C.A-B UNIFORMES PROFESIONALES, OTRA ETIQUETA DONDE SE LEE TALLE XL- HECHO EN VENEZUELA)?. CONTESTO/ Sí, eso fue lo que encontraron los funcionarios durante el allanamiento en casa de la señora Maritza”. CUARTA/ Diga usted, los objetos que se le ponen de vista y manifiesto, dónde los encontraron los funcionarios que visitaron la residencia de la ciudadana MARITZA JOSEFINA GIMENEZ (EL FUNCIONARIO RECEPTIOR DEJA CONSTANCIA DE PONERLE DE VISTA Y MANIFIESTO A LA ENTREVISTA UN BOLSO DE COLOR NEGRO, CON LA INSCRIPCION VANGUARD EN COLOR BLANCO, EN CUYO INTERIOR SE ENCUENTRAN UNOS VINOCULARES MARCA VANGUARD, MODELO BR-1050W, DE COLOR NEGRO Y SIETE BALAS CALIBRE 38 SPECIAL)?. CONTESTO/ Estos objetos fueron encontrados por los funcionarios en un matorral que está al otro lado de la calle, como a tres cuadras de donde está la calle donde vivimos, y los funcionarios fueron allá porque YIRITA los llevó para indicar que allí tenia eso escondido, y como nosotros estuvimos presentes en el allanamiento, acompañamos a la comisión a ese sitio”. QUINTA/ Diga usted, qué manifestó YIRITA, cuando habló con el Comisario y delante de ustedes, acerca de su participación en un secuestro?. CONTESTO/ Bueno el habló con el Comisario y los funcionarios que estuvieron en el allanamiento y delante de nosotros, y comentó que el año pasado él participó en un secuestro de una señora de un auto periquitos, que primero había pensado era robar el negocio, pero uno de sus cómplices le dijo que la señora tenía dinero, y decidieron secuestrarla, pero él dijo que él no tendría a esa señora más de dos días. Dijo que participaron con él: WILLY, DANIEL, JESUS Y EGUITA, que WILLY tenía un Vehículo Fiat Rojo, en el cual se desplazaban, que WYLLY era el chofer y es de la Morita; que DANIEL vive en Las tapias, para el momento del hecho portada un revólver calibre 38, que JESUS vive en Chivacoa, Caserío La Virgen, donde llevaron a la secuestrada hasta que cobraron el dinero por su liberación; el mismo portaba una pistola marca Beretta, calibre 7,65mm y que el mismo YIRITA, tenía un arma de fuego calibre 357, que JESUS les consiguió una camioneta Caprice azul, la cual usaron para llegar al local de la secuestrada, que el vehículo FIAT, lo compró YIRITA a WILLY y posteriormente lo vendió a un muchacho que trabaja en la Morgue del hospital; y que el pagó por la liberación de la secuestrada fue de setenta millones de bolívares, de los cuales le quedaron a él once millones quinientos mil de bolívares”. SEXTA/ Diga usted, cuándo el ciudadano: CAMACHO GIMENEZ JORGE LUIS (a) (YIRITA), manifestó lo narrado por su persona en la respuesta anterior estaba constreñido, forzado ó amenazado?. CONTESTO/ No, el Comisario nos hizo pasar a los tres, a `YIRITA, a mi hermano y mi persona, para hablar con él, y YIRITA le contó todo lo ocurrido”…”.-
8.- Acta de Entrevista del ciudadano CARO D´yer ALEXIS, por ante la sede del Cuerpo de Investigaciones, científicas, Penales y Criminalisticas, en la cual entre otras cosas manifestó:”…Resulta que en el día de hoy a eso de las siete de la mañana aproximadamente, me encontraba adyacente a la casa de mi hermana Tania Lucia CARO, cuando un grupo de funcionarios de la Petejota, me solicitaron que sirviera de testigo en un allanamiento que iban a realizar en el sector uno de la Morita…por lo que yo accedí, ingresando a la casa; allí se procedió a la revisión de las habitaciones y demás lugares, donde consiguieron en la habitación de Yirita, prendas militares, un pantalón color verde y una chaqueta guerrera del mismo color, como seis teléfonos celulares de diferentes marcas y modelos. Se procedió a levantar un acta especificando los teléfonos y la ropa militar que se encontraban en las habitaciones, donde mi hermana Lucía y yo firmamos como testigos y la señora Maritza GIMENEZ dueña del inmueble allanado firmó también conforme. En la casa se encontraba Jorge Luis CAMACHO, alias “YIRITA”, quien acompañaba a la comisión manifestando en ese momento que tenía armas guardadas en un montarrascal, cerca de su casa, por lo que nos dirigimos hasta allá, caminando como a dos cuadras, el cual era un lugar deshabitado, monteabundante y debajo de una viga como de un puente, se localizó una bolsa plástica de color gris, con un koala de color negro y en el interior del mismo estaban unos binoculares con una caja de balas contentivas de ocho balas, calibre 38… nos trasladamos a esta oficina, donde Jorge Luis CAMACHO alias YIRA conversó con un comisario y le contó lo relacionado con un secuestro que él había cometido en contra de una señora de nombre Betty, propietaria de un Auto periquitos de San Felipe…”.-
En estos elementos de convicción, se señala al ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ como una de las personas que participó en el secuestro de la ciudadana BETTY ISABEL MORERA CRUZ.
3.- Se observa que existe una presunción razonable de peligro de fuga debido a la pena que pudiera llegar a imponerse por cuanto implicaría una privación de libertad excesiva en el tiempo que incluso excede los diez años, aunado al daño social causado ya que se atentó contra bien protegido como es la vida humana.
Así que visto que se encuentran llenos los extremos del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para decretar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, es por lo que por lo que este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera procedente imponer MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de 31 años de edad, portador de la cédula de identidad No. V-12.728.459, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero. Regístrese y Publíquese.
La Jueza de Control N° 2
La Secretaria
Abog. María Inés Pérez Guntiñas
Abog. Lusmar Nesi Rojas Oria
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