REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Ocho (08) de Febrero de Dos Mil Ocho.-
197º y 148º

ASUNTO: UP11-L-2007-000479

Vista la diligencia que riela al folio Sesenta y Ocho (68) de este asunto, suscrita por las Abogadas en ejercicio ERIKA OJEDA y ROSSMARY CEBALLOS, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 108.441 y Nº 109.383 respectivamente, actuando en su carácter acreditado en autos, quienes conjuntamente solicitan del Tribunal se reprograme la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy 08-02-2008 a las 11:00 AM, en virtud de encontrarse en conversaciones para lograr una solución amistosa de la presente controversia y vista la diligencia que riela al folio Setenta (70), suscrita por la Abogada YASNERIS MUJICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.263, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual se adhiere a la solicitud de diferimiento realizada por las otras partes. En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR esta Audiencia Preliminar Prolongada para el día JUEVES 21-02-2008 a las 9:00 (AM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ

La Secretaria,


Abg. NORAYDEE REVEROL

AVLH/NR/lisbethcamacaro