REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 01 de Febrero de 2008
195º y 147º
AUTO QUE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2006-001012
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2006-001012
PARTE ACTORA: Cesare Profeta Barlaan, Alejandro Manzano, Alfonzo Carrasquel, Alfredo Morales, Felipe Salazar, Francisco Carrera, Francisco Montilla, Eduardo Acevedo, Sixto Jaime, José Urbano, Jorge García, Juan Vergara, Juan López, Juvencio Rivas, Luis González, Miguel Smith, Pio Lugo, Pedro Guzmán, Ramón Arzolay y Teodoro Aguilera, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N°s E-77.667, 767.676, 1.566.174, 4.684.283, 1.912.544, 3.012.907, 766.753, 616.592, 2.905.998, 4.507.554, 780.431, 3.036.627, 3.011.829, 759.737, 4.595.435, 3.012.879, 1.464.537, 373.351, 2.012.696 y 3.012.590 respectivamente.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: José de Jesús Díaz, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 49.544.-
PARTE DEMANDADA: Corporación Venezolana de Guayana Electrificación del Caroní C.A. (EDELCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Juan Alberto Castro Palacios y Vinicio Augusto Ávila Rodríguez, quienes son abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los N°s 10.631 y 78.181 respectivamente
MOTIVO: Ajuste de Pensión de Jubilación
Hoy, 01 de Febrero de 2008, siendo las 10:30 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma compareció el Dr. Juan Alberto Castro Palacios, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 10.631, actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandada Corporación Venezolana de Guayana Electrificación del Caroní C.A. (EDELCA), dejándose expresa constancia que a la misma no compareció ni por si ni por medio de representación judicial alguna los ciudadanos Cesare Profeta Barlaan, Alejandro Manzano, Alfonzo Carrasquel, Alfredo Morales, Felipe Salazar, Francisco Carrera, Francisco Montilla, Eduardo Acevedo, Sixto Jaime, José Urbano, Jorge García, Juan Vergara, Juan López, Juvencio Rivas, Luis Gonzalez, Miguel Smith, Pio Lugo, Pedro Guzmán, Ramón Arzolay y Teodoro Aguilera, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N°s E-77.667, 767.676, 1.566.174, 4.684.283, 1.912.544, 3.012.907, 766.753, 616.592, 2.905.998, 4.507.554, 780.431, 3.036.627, 3.011.829, 759.737, 4.595.435, 3.012.879, 1.464.537, 373.351, 2.012.696 y 3.012.590 respectivamente, en consecuencia JUZGADO QUINTO (5°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Todo de conformidad a las estipulaciones del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil vigente por aplicación potestativa establecida en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez
La Secretaria
RICARDO COA MARTINEZ
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