ASUNTO: FP02-V-2007-001174
RESOLUCION N° PJ0212008000124
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CONFUERZA DE DEFINITIVA
Visto el convenimiento realizado en fecha 10-01-2008, realizado entre los ciudadanos: YORAM HECHT y DEARSY HERNANDEZ BELLIZIA, plenamente identificados en autos, la segunda abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 125.679, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el Convenimiento realizado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil y en consecuencia, HOMOLOGA el convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar presentado de conformidad con lo previsto en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal. Cúmplase y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (1)

DR. MIGUEL ÁNGEL PETIT PÉREZ
LA SECRETARIA DE SALA (ACC),

ABOG. MARIA EUGENIA SALAZAR
La Asistente
Virginia Romero