REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 27 de febrero de 2008.-
197º y 149º
ASUNTO: FP02-V-2007-001005
SENTENCIA N° PJ0182008000137
Visto el escrito de fecha 22 de febrero de 2008, suscrito por una parte por el abogado PEDRO GOITIA MANZANO, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 9.566 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora NERIO FELIPE FLORES LUNA, y por la otra, la ciudadana INES NICOLAS VALDIVIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.551.825, parte demandada, debidamente asistida por el abogado EVELIO GUERRA, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 95.256 y de este domicilio, mediante la cual proceden a realizar en forma conciliatoria y amistosa una TRANSACCION en los términos y condiciones por ellos acordados, y por cuanto la misma no versa materia sobre la cual esté prohibida la TRANSACCION, este tribunal le IMPARTE SU APROBACION Y ACUERDA SU HOMOLOGACION, PASANDOLA COMO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
La Juez,
Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Accidental,
Belkis Tomasini.-
HFG/airam.-
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