REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 26 de febrero de 2008
197º y 148º


Vista el acta de fecha 05 de diciembre de 2006, inserta en el folio 15 y su vuelto del Cuaderno Separado de Medidas, y recibido en este despacho en fecha 08 de diciembre de 2006, escrito efectuado por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Cedeños y Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que contiene la medida preventiva de embargo practicada por el Tribunal antes nombrado y asimismo la TRANSACCIÓN efectuada por el demandado Alexis Antonio Gómez, en su condición de presidente de la Asociación de Cooperativas La Favorita de Caicara 654321 en el presente juicio por Cobro de Bolívares Vía Intimación interpuesto por Euro Inversiones, C.A. representada por el ciudadano Anibal Hernández Fauro; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil le imparte su aprobación, da por consumado el Acto y procede, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR, como en efecto así lo hace, dicha transacción; y cumplida como ha sido la obligación derivada de la transacción suscrita entre las partes del presente juicio, se ordena dar por terminadas las presentes actuaciones y remite el presente expediente a la oficina de Archivo Judicial de este estado a los fines de su mejor resguardo, constante de dos (2) piezas, la principal consta de sesenta (60) folios útiles, y el cuaderno separado de medidas consta de dieciocho (18) folios útiles. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,



Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,


Ab. Soraya Charboné.-
MAC/aji.
ASUNTO: FP02-M-2006-000162
Resolución Nº PJ0192008000109