San Felipe, 28 de julio de 2008
Años 198° y 149°
Visto el contenido del acta que riela al folio 63 en la cual la ciudadana Isabel Arias Torres manifestó que los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE se encontraban separados que no todos estaban con ella, porque a IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE se la llevaron sus padres y vive con ellos en una casa que consiguieron, y que IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE permanece bajo sus cuidados y que con relación al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE desde que se lo entregó a su madre, ciudadana María Tovar, de lo cual hacen dos años no volvió a saber de el.
Oída la opinión de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE en fecha 17 de mayo de 2007, quien dijo estar con su abuela Isabel Arias, persona que ha estado pendiente de ella y con quien se siente bien y desea vivir.
Oída la opinión de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE en fecha 21 de julio de 2008, donde informó que se encuentra viviendo con su madre y su padre, ciudadanos María del Mar Tovar y Rafael Rodríguez, que su hermana Niosmary Nacarith Mújica Tovar vive con su abuela Isabel Arias y su hermano IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, no sabe con quien vive ni con quien está, y cree fue dado en adopción, que quiere quedarse con sus padres.
Dado que en fecha 21 de julio de 2008, los ciudadanos María del Mar Tovar Rodríguez y el ciudadano Rafael Rodríguez, informaron que su hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE se encuentra viviendo con ellos. Expresando además María Tovar que su hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE está bajo los cuidados de Isabel arias y su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE lo único que sabe es que fue adoptado.
Observa esta juzgadora que desde el día 12-11-03, fecha en la cual se inicia la presente solicitud hasta la actualidad, la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE se encuentra bajo los cuidados de la ciudadana Isabel Arias, la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, está bajo la responsabilidad y cuidados de sus padres, ciudadanos María del Mar Tovar Rodríguez y Rafael Rodríguez, y con relación al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, no consta en las actas que conforman el expediente bajo los cuidados de quien se encuentra, por lo que considera es necesario e indispensable, en uso de las atribuciones conferidas en la ley, y tomando en cuenta el interés superior del niño y del adolescente, contemplado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, principio de interpretación y aplicación de ésta ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a los niños y adolescentes, principio dirigido a asegurar el desarrollo integral, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías; acordar de manera Temporal la reinserción al núcleo Familiar de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, quedando bajo la responsabilidad y cuidados de sus padres, ciudadanos María del Mar Tovar Rodríguez y Rafael Rodríguez. De igual manera se otorga la Colocación Familiar Temporal de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, bajo la responsabilidad y cuidados de la ciudadana Isabel Arias. En cuanto al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, se acuerda realizar las diligencias pertinentes para determinar con quien se encuentra el referido niño.
La Juez,
Abg. Emir Morr Núñez La Secretaria,
Abg. Reina Villegas
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