REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

RECURSO DE APELACIÓN
ASUNTO Nº: UP11-R-2007-000076

En el día de hoy Jueves Treinta y uno (31) de Julio del año dos mil Ocho (2008), siendo las Ocho y Cuarenta y Cinco de la mañana (08:45 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso de Apelación ejercido por las profesionales del derecho: ANTONIO FIGUEREDO FERRER, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 70.38, quien actúa en representación de la parte demandada, contra la decisión emanada del Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha Veintiuno (21) de Junio de 2008, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ante el A-quo los ciudadanos: LUIS EDUARDO HERRERA GALINDEZ, MANUEL ESTEBAN GOMEZ, JORGE LUIS GOMEZ y SILVINO VARGAS APARICIO en contra del TALLER PIAVE S.R.L. Anunciado como fuera el acto a las puertas de la sede de este Circuito Judicial, se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano: FRANCESCO SCIOTINO SIRACUSA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.912.573, actuando en su condición de representante legal de la TALLER PIAVE S.R.L. y demandado recurrente, sin la debida asistencia de un profesional del derecho que lo asista. Por otro lado, se deja expresa constancia que se encuentran presentes los ciudadanos: MANUEL ESTEBAN GÓMEZ, JORGE LUIS GÓMEZ, LUIS EDUARDO HERRERA GALÍNDEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.586.916, 10.371.505 y 7.589.839 respectivamente, en su condición de parte actora, representados por la profesional del derecho: ALBA MARCHI CAPPELLETTI, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 46.597. Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Superior del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez JOSE GREGORIO RENGIFO, el Secretario Temporal RUBÉN EDUARDO ARRIETA ALVARADO y el ciudadano Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia. Seguidamente el ciudadano Juez en vista la incomparecencia de la parte demandada-recurrente de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara “DESISTIDO” el Recurso de Apelación ejercido en la presente causa, con todos los efectos que de ello derivan, tal y como se podrá apreciar en el dispositivo de esta decisión, que en a continuación se transcribe. En consecuencia, se confirma la decisión recurrida y, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas a la parte demandada-recurrente.- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el expediente al archivo judicial, una vez quede firme el presente fallo en la oportunidad procesal correspondiente.- Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la ciudad de San Felipe, a los Treinta y Un (31) días del mes de Julio del año dos mil ocho (2008).



EL JUEZ,

JOSE GREGORIO RENGIFO

Parte actora: Parte Demandada Recurrente:

LUIS EDUARDO HERRERA GALINDEZ,
FRANCESCO SCIOTINO SIRACUSA
MANUEL ESTEBAN GOMEZ,

JORGE LUIS GOMEZ

Representados por:

Abg. ALBA MARCHI CAPPELLETTI

EL SECRETARIO TEMPORAL,

RUBÉN EDUARDO ARRIETA ALVARADO
El Alguacil;

NEIL ALTUVE
Asunto Nº UP11-R-2007-000076
JGRA/REA*
PIEZA N° 16
+DIOS y FEDERACIÓN+