REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, Veintiuno (21) de Julio de Dos Mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000194
Vista la diligencia cursante al folio treinta y Seis (36) del presente asunto, suscrita por los Abogados en ejercicio: ZAFIRO NAVAS y JOSE ANGEL GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 24.555 y N° 30.951, respectivamente, la primera actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora, y el segundo, Apoderado Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal la Reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para el día 22-07-2008, a las 9:00 AM. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda REPROGRAMAR la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día JUEVES (07) DE AGOSTO DE 2008, A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 PM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez;
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
La Secretaria;
Abg. NORAYDEE REVEROL
AVLH/NR/lisbethcamacaro