REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

DIECINUEVE (19)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Treinta y Uno (31) de Julio de Dos Mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: Nº UP11-L-2008-000348

Por cuanto para el día de hoy, 31 de Julio de 2008, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), estaba fijada la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida y por cuanto la misma coincide con la realización de un Traslado y constitución de este Tribunal en el asunto signado con el Nº UP11-L-2006-000198. En consecuencia, quien Juzga en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, ordena DIFERIR la Celebración de dicha Audiencia Preliminar y a tal efecto la fija para el día MIERCOLES SEIS (06) DE AGOSTO DE 2008, a las DOCE MERIDIAN (12:00 M). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ




La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL





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