REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Ocho (08) de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO: UP11-L-2008-000170.-
Vista la diligencia que antecede (F. 46), suscrita por los Abogados en ejercicio ERIKA OJEDA e IRAIMA YÁNEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Números: 108.441 y 40.120 respectivamente, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y apoderado judicial de la parte demandante respectivamente, quienes conjuntamente solicitan del Tribunal se reprograme la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para el día de hoy martes 08 de julio del corriente año, a las 12:00 M., del mediodía. En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR esta Audiencia Preliminar prolongada para el día Martes Veintinueve (29) de Julio de 2008 a las Once de la mañana (11:00 AM). No se acuerda notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ.




La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL.



ASUNTO N° UP11-L-2008-000170-Oswaldoliscan