ACTA

N° DE EXPEDIENTE: FP02-L-2007-000405
PARTE ACTORA: DANIEL OCTAVIO SALINAS FIGUEROA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN RAMON PINO
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA SARICLEY, R.L
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: PASTOR GABRIEL PEÑALVER AFANADOR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y ENFERMEDAD PROFESIONAL.

En el día de hoy, veintinueve (29) de julio del Dos Mil ocho, siendo las tres de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecen por ante este JUZGADO 2° DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR, los ciudadanos JOSE GREGORIO SANTOS MERCHAN y ALBERTO JOSE SANTON MERCHAN, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.520.128 y 8.866.063, respectivamente, actuando en su carácter de gerente general y administrador de la COOPERATIVA SARICLEY, R.L,, debidamente asistido del ciudadano PASTOR GABRIEL PEÑALVER AFANADOR, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 93. 120, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, según acta constitutiva que consta en autos. Dándose inicio a la audiencia Preliminar. Se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, razón por la cual este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y con fundamento en lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las tres y quince minutos de la tarde (03:15 p.m.)
LA JUEZ,

ABG. ROSIBEL GOMEZ D´LIMA APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,

ABG. ZULAY ALLEN