REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Puerto Ordaz, 15 de Julio de 2008
195º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON CARÁCTER DE DEFINITIVA
ACTA DE MEDIACION POSITIVA
EN ETAPA DE PROLONGACION
FP11-L-2008-000661

Hoy, 15 de Julio de 2008, siendo las 02:00 p.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparecieron la Dra. Estrella Morales Monserrat, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 26.539, quien actúa en nombre y representación de la demandada Medio Pinto C.A. (Only For Men), por una parte y por la otra la Dra. Raquel N. Arzolay M., quien es abogada, en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 107.136, quien actúa en nombre y representación de la actora Edimar Suelis Flores González, Maria Alejandra González y José Rafael Velásquez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N°s 17.432.639, 8.889.671 y 3.656.773 respectivamente quienes se encuentran presentes en este acto, a quienes se les verifica la cualidad con la cual concurren y se procediéndose de seguido a dar inicio a la audiencia preliminar en su primera reunión, otorgándose el derecho de palabra a las partes quienes luego de breve intervención, señalan que se ha logrado alcanzar una mediación en la presente causa, por lo que, analizado en libelo y observado que la presente causa se inicio con interposición de escrito libelar en fecha 17 de Abril de 2008, siendo admitida en fecha 18 de Abril de 2008, correspondiendo el conocimiento de la misma según Acta de Distribución N° 99 de fecha 11 de Junio de 2008, celebrándose audiencia preliminar durante los días 11 de Junio de 2008, 01 de Julio de 2008, 11 de Julio de 2008 y el día de hoy, estableciéndose en el escrito libelar que la actora reclamó los conceptos siguientes:

CONCEPTO (Edimar Suelis Flores González) MONTO
Bono Nocturno 2.094,69
Horas Extras 3.223,19
Días Domingo y Feriados 942,03
Prestación de Antigüedad 1.289,35
Intereses sobre antigüedad 50,53
Indemnización artículo 125 de la L.O.T. 1.145,70
Indemnización sustitutiva de preaviso 1.145,70
TOTAL A PAGAR 9.891,19


CONCEPTO (Maria Alejandra González) MONTO
Bono Nocturno 1.598.05
Horas Extras 2.477,96
Días Domingo y Feriados 837,36
Prestación de Antigüedad 1.145,70
Intereses sobre antigüedad 38,71
Indemnización artículo 125 de la L.O.T. 381,90
Indemnización sustitutiva de preaviso 572,85
TOTAL A PAGAR 7.052,53

CONCEPTO (José Rafael Velásquez) MONTO
Bono Nocturno 2.086,62
Horas Extras 3.641,93
Días Domingo y Feriados 1.151,37
Prestación de Antigüedad 1.480,30
Intereses sobre antigüedad 67,60
Indemnización artículo 125 de la L.O.T. 1.145,70
Indemnización sustitutiva de preaviso 1.145,70
TOTAL A PAGAR 10.719,22

en este acto toma la palabra la apoderada de la demandada Medio Pinto C.A. (Only For Men),, y ofrece a los fines de la mediación las cantidades siguientes: En el caso de la ciudadana Edimar Suelis Flores González, la cantidad de Bsf. 3.570,oo; en el caso de la ciudadana Maria Alejandra González, la cantidad de Bsf. 3.323,85 en el caso del ciudadano José Rafael Velásquez la cantidad de Bsf. 3.879,05, lo cual comprende los respectivos montos a siguientes:

CONCEPTO (Edimar Suelis Flores González) MONTO
Bono Nocturno 132,80
Horas Extras 614,40
Prestación de Antigüedad 960,35
Intereses sobre antigüedad 296,44
Indemnización artículo 125 de la L.O.T. 1.321,38
Utilidades 244,63
TOTAL A PAGAR 3.570,oo


CONCEPTO (Maria Alejandra González) MONTO
Bono Nocturno 132,80
Horas Extras 153,60
Prestación de Antigüedad 960,35
Intereses sobre antigüedad 222,25
Indemnización artículo 125 de la L.O.T. 1.320,40
Vacaciones y Bono Vacacional 317,oo
Utilidades Fraccionadas 217,45
TOTAL A PAGAR 3.323,85

CONCEPTO (José Rafael Velásquez) MONTO
Bono Nocturno 132,80
Horas Extras 460,80
Prestación de Antigüedad 960,35
Intereses sobre antigüedad 282,24
Indemnización artículo 125 de la L.O.T. 1.331,34
Utilidades 299,oo
Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionado 412,52
TOTAL A PAGAR 3.879,05

seguidamente la parte actora toma la palabra y acepta la propuesta de la representación de la demandada, señalando que, con el presente acuerdo transaccional, se incluyen tanto lo relativo a las cantidades generadas en razón del presente procedimiento seguido en razón de la relación laboral la cual se da por terminada de manera definitiva de mutuo acuerdo, in continente, este Juzgado Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, declarando recibir en este acto el cheques N° 33063699, 33063697 y 33063698 del Banco Guayana girado contra la Cuenta Bancaria N° 000080033310008007231, por los montos de Bs. Bsf. 3.570,oo, Bsf. 3.323,85 y Bsf. 3.879,05 respectivamente. En consecuencia, este Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, visto el acuerdo alcanzado por las partes y en virtud de haber mediado de manera efectiva, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PRESENTE TRANSACCION COMO POSITIVA y en consecuencia se HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, in continente SE DA POR CONCLUIDA LA MISMA, OTORGANDOLE LA CATEGORIA DE COSA JUZGADA, quedando a salvo el estricto cumplimiento a lo transado en este despacho el día de hoy. TODO DE CONFORMIDAD A LAS ESTIPULACIONES DEL ARTÍCULO 133 DE LA LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO.- PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA EN EL RESPECTIVO COMPILADOR.-


El Juez
La Secretaria
Dr. RICARDO COA MARTINEZ


Los presentes