ACTA


N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000525
PARTE ACTORA: PEDRO SANCHEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: IVAN RAMONES
PARTE DEMANDADA: EDITORIAL RODERICK, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO MEDINA SALAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy 10 de Julio de 2008, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la prolongación de la Audiencia Preliminar, solamente compareció la parte demandada EDITORIAL RODERICK C.A., a través de su apoderado judicial el ciudadano FRANCISCO MEDINA SALAS, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el N° 45.449, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDA EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 198.

El Juez

El Secretario
ABG. JOSE MIGUEL RIVERO





Los Presentes