REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
ASUNTO: FP02-S-2007-005843
Con fecha 13 de noviembre de 2007, la ciudadana LIZA BRENDA PACHECO ARIAS, venezolana, mayor de edad y domiciliada en el Barrio La Shell, calle Anzoátegui, casa sin número, parroquia Catedral, Municipio Autónomo Héres del Estado Bolívar, debidamente asistida por la Profesional del Derecho SULEIMA CONDE HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.171, concurrió por ante este Tribunal y solicitó la INSERCION DE SU ACTA DE NACIMIENTO, habida cuenta de que no consta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Oficina de Registro Público del estado Bolívar.
Alega la solicitante en su escrito de solicitud lo siguiente:
Que su nacimiento se produjo en Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar el día 12 de diciembre de 1984.
Que es hijo de los ciudadanos Migdalia Josefina Arias Jesús Alberto Pacheco.
Que no aparece asentada la mencionada partida en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Oficina de Registro Público del Estado Bolívar.
Con fecha 22 de noviembre de 2007, previo su estudio fue admitida la
solicitud en referencia, en atención a lo dispuesto en el Artículo 458 del Código Civil en concordancia con el 507 ejusdem, se ordenó emplazar por medio de EDICTO, publicación que debía hacerse en un diario de extensa circulación de la Capital de la República, a todo aquel que pudiere tener interés directo y manifiesto en la petición planteada, para que en un plazo de DIEZ (10) DIAS de los señalados para Despacho en este Tribunal diera contestación a la solicitud que origina dichas actuaciones. Inmediatamente de consignada la publicación del edicto se ordenó el emplazamiento de los ciudadanos Jesús Alberto Pacheco y Migdalia Josefina Arias, y si no hubiere oposición de los emplazados personalmente y mediante boleta se ordenará la citación del Ministerio Público a partir del día siguiente a la citación del representante fiscal comenzará a computarse un lapso de diez (10) días de despacho para la promoción y evacuación de pruebas.
Publicado el Edicto en el Diario "Ultimas Noticias" de la Ciudad de Caracas, se practicaron las citaciones de los ciudadanos Jesús Alberto Pacheco y Migdalia Josefina Arias, sin que estos comparecieran ante este Tribunal. Notificado como fue el Fiscal del Ministerio Público, quedó abierto a Pruebas el procedimiento de inserción propuesta.
Demostrado como ha quedado lo alegado por la solicitante, de demostrar la necesidad de la INSERCION DE SU ACTA DE NACIMIENTO y habiendo consignado con la solicitud de inserción: fotocopia simple de su cédula de identidad de sus padre y constancia del Registro Público del Estado Bolívar, este Tribunal estudiadas como han sido las actuaciones y por cuanto no consta en autos oposición alguna a la presente solicitud, pasa a dictar su decisión y lo hace en los términos siguientes:
Por las razones expuestas este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO de la solicitante LIZA BRENDA PACHECO ARIAS plenamente identificado, que su
madre es la ciudadana Migdalia Josefina Arias y su padre el ciudadano Jesús Alberto Pacheco, que nació el 12 de diciembre de 1984 en Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar, por no encontrarse asentada dicha acta de nacimiento en Los Libros de Registro Civil correspondientes, todo en atención a lo dispuesto en el Artículo 458 del Código Civil y a lo expresamente señalado en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.
De conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar, a fin de que inserte íntegra la presente sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Organismo.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar a los veintiocho días del mes de julio del Año dos mil ocho.- Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez,
Ab. Manuel Alfredo Cortés
La Secretaria Temporal,
T.S.U. Lerys Barreto.
En la misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo la una y cincuenta de la tarde (1:50 p.m.).
La Secretaria Temporal,
T.S.U. Lerys Barreto.
MAC/Sch/Yinet.
Resolución Nº PJ0192008000503
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