REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR
PODER JUDICIAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO (4º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DELA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR SEDE CIUDAD BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, veintidós (22) de julio del Dos Mil Ocho
198° y 149°
EXPEDIENTE: FP02-L-2004-000088
AUTO
Respecto a la presente causa, el juez Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, Sede Ciudad Bolívar, mediante acta de inhibición de fecha 10 de julio del 2008, en la causa incoada por un grupo de trabajadores contra la empresa IMGEVE C.A, (expediente (FOH3-L-2000-051) se INHIBIO en aquellas causas donde interviene o pueda intervenir como apoderado judicial el ciudadano Oswaldo Hernández Sanguino, abogado en ejercicio y dado que en esta causa el susodicho abogado actúa como apoderado judicial del demandante, según acredita facultad otorgada mediante poder consignado en el folio 24 de la primera pieza del presente expediente, este tribunal se ABSTIENE de seguir conociendo el presente proceso y ordena el envío del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de nueva itineracion. Así se declara.
EL JUEZ
Abg. JESUS ARENAS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
Abg. MAGLY MAYOL