REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 17 de Junio de 2008
AÑOS: 198° y 149°

Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio N° 465/2008, de fecha 04 de Junio de 2008, procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, librado en el Expediente N° 6590, relativo al Juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO POR DESPOJO, seguido por las ciudadanas ARACELIS TERESA GRATEROL CABRERA, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.275.240, contra los ciudadanos ROGER RAFAEL SIMPSON MEDINA y JENT OLEGARIA LUNA LASCANO, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad N° V- 11.528.417 y V- 12.082.695, respectivamente. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el N° 592/08, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/vapa.
Com. 592/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 18 de Junio de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Vista la anterior Comisión, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, relativa al Juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO POR DESPOJO, intentado por la ciudadana ARACELIS TERESA GRATEROL CABRERA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.275.240, contra los ciudadanos ROGER RAFAEL SIMPSON MEDINA y JENT OLEGARIA LUNA LASCANO, titulares de la Cédula de Identidad Nros V- 11.528.417 y V- 12.082.695, respectivamente, este Tribunal observa: Por cuanto en la comisión no aparece identificado el inmueble objeto de la presente medida de Secuestro así como su ubicación, no pudiendo este Tribunal manifestarse sobre su competencia territorial, en consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas Acuerda no fijar la práctica de la presente medida hasta que la parte interesada señale mediante diligencia los datos requeridos y una vez conste en Autos la información solicitada, se fijará oportunidad, día y hora para la práctica de la misma. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,


ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMIREZ MARÍN


EL SECRETARIO,


ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/vapa
Com. 592/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PAEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 13 de Octubre de 2008
Años: 198° Y 149°

Por recibido la presente diligencia presentada por el Abogado PEDRO JOSÉ CARDENAS PEÑA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.985.060, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.979. Désele entrada, anótese en los libros respectivos y agréguese a la Comisión. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETITAPONTE
GRM/vapa
Com. No. 592/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 14 de Octubre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°
Vista la diligencia suscrita por el Abogado Pedro José Cárdenas Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.979, en su carácter de autos, quien solicita a este Tribunal fije oportunidad para practicar la medida que consta en autos, en consecuencia, este Tribunal acuerda lo solicitado y fija su traslado y constitución para la práctica de la medida de SECUESTRO, en la población de Boraure, Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy, para el día Lunes 20 de Octubre de 2008, a las 10:00 de la mañana. Se designa como Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., notifíquesele de su designación, lugar, día y hora de la práctica de la medida, ofíciesele al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa.-
Com. N° 592/08
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PAEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 20 de Octubre de 2008
Años: 198° Y 149°

Por recibido la presente diligencia presentada por el Abogado PEDRO JOSÉ CARDENAS PEÑA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.985.060, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.979. Désele entrada, anótese en los libros respectivos y agréguese a la Comisión. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GRM/vapa
Com. No. 592/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 20 de Octubre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Vista la diligencia suscrita por el Abogado Pedro José Cárdenas Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.979, en su carácter de autos, quien solicita la suspensión de la medida fijada para el día de hoy, en consecuencia, este Tribunal acuerda lo solicitado y fija nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida de SECUESTRO, en la población de Boraure, Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy, para el día Jueves 20 de Noviembre de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa.-
Com. N° 592/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 20 de Noviembre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida de SECUESTRO, en la población de Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, para el día Martes 13 de Enero de 2009, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/mcgv.-
Com. N° 592/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 13 de Enero de 2009
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida SECUESTRO, en la población de Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, para el día Jueves 05 de Febrero de 2009, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE





GARM/mcgv.-
Com. N° 592/08