REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial penal del Estado Yaracuy
Tribunal Penal de Juicio de San Felipe
San Felipe, 30 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-001389
ASUNTO : UP01-P-2007-001389
Visto el escrito consignado por la Defensor Publica Novena, Abg. Laura de Alvarado, en su carácter de defensora del ciudadano Medida Espinosa Albert, donde solicita la ampliación de la medida de presentación de cada ocho (8) dias a una vez cada treinta (30) días por cuanto el acusado ha cumplido a cabalidad con sus presentaciones demostrando que no evadira el proceso que se le sigue.
Este Tribunal observa: que en fecha 09-05-2007, se le impuso por el tribunal de control la medida de cautelar de presentacion de libertad de presentación periodica cada ocho (8) dias, por ante el Alguacilazgo, al ciudadano Medida Espinosa Albert, en celebración audiencia de presentacion de imputado, considerando este tribunal que el ciudadano Medida Espinosa Albert se encuentra trabajando y estudiando por constancias anexas en el dossier y a los fines de no lesionar sus derechos laborales, este Tribunal de Juicio N° 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Se Acuerda con Lugar la solicitud de amplia la medida cautelar sustitutiva de libertad de cada ocho (8) días a una (01) vez por mes, por ante este Tribunal, al ciudadano Medida Espinosa Albert, comenzando a partir del mes de Julio del año en curso de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al defensor y a los imputados. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO N° 1
ABG: GLORIA SOFIA FUENMAYOR GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. MARIBEL SERRANO
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