ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-002275
ASUNTO : UP01-P-2006-002275
Celebrada audiencia especial en el día 19 de Junio del 2008 en la sede del Destacamento de Trabajo Agrícola Iboa Internado judicial de esta ciudad con el penado HUGO ANTONIO AGUILAR OCHOA titular de la cédula de identidad N° 7.231.566, se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado a cumplir la pena SIETE (7) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido el día 24/08/2006 hasta la presente fecha 19/06/2008 por lo que tiene detenido UN (1) AÑO NUEVE (9) MESES VEINTICINCO (25) DIAS.
TERCERO: Según acta de redención de fecha 13/12/2007 se le redime la pena por un lapso de SIETE (7) MESES VEINTIOCHO (28) DIAS, por lo que sumado al tiempo de detención tiene detenido en total DOS (2) AÑOS CINCO (5) MESES VEINTITRES (23) DIAS.
CUARTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta CUATRO (4) AÑOS, SEIS (6) MESES SIETE (7) DIAS, que vencen el día 26 de Diciembre del 2012.
CUARTO: Puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena: DESTACAMENTO DE TRABAJO: otorgado; REGIMEN ABIERTO: Extinguido; LIBERTAD CONDICIONAL: 26/08/2010 Y CONFINAMIENTO: 26/03/2011.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado HUGO ANTONIO AGUILAR OCHOA titular de la cédula de identidad N° 7.231.566. Así mismo se le notificó al penado de autos que puede optar al Beneficio de Régimen Abierto quien manifestó de forma voluntaria que renuncia al Beneficio que le corresponde en los actuales momentos por cuanto desea esperar el Beneficio de Libertad Condicional. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Notifíquese la presente resolución al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy. Cúmplase.
Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 1
Abg. Rosana Ceresa
Secretaria