REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº. DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000199
PARTE DEMANDANTE: VICTOR MANUEL OLIVERO.
REPRESENTADO POR: Abg. ROSANGELA VASQUEZ M.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE MM 2711, C.A.
EN LA PERSONA DE: MIREYA DEL CARMEN TERAN SANDOVAL.
ASISTIDA POR: Abg. JOSE CARLOS RODRIGUEZ DURAN.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los SEIS (06) días del mes de JUNIO de 2008, siendo las 11:00 AM., de la Mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: VICTOR MANUEL OLIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.709.070, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: ROSANGELA VASQUEZ M, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.323.330 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 121.912, de este domicilio, actuando con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: de la EMPRESA TRANSPORTE MM 2711,C.A, representada por la ciudadana: MIREYA DEL CARMEN TERAN SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.453.090, actuando en su carácter de Representante Legal de la empresa demandada, domiciliada en la Autopista Centro Occidental Rafael Caldera sentido Yaritagua, San Felipe, Sabana de Parra a 500 metros de la Bloquera Oblok porton rojo, Municipio Páez del Estado Yaracuy, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: JOSE CARLOS RODRIGUEZ DURAN, venezolano, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 61.363, de este domicilio, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2008-000199 de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 13-06-2008, a las 12:00 M. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los SEIS (06) días del mes de JUNIO de 2008. Siendo las 11:54 AM de la Mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ

Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
Empresa Transporte MM 2711, C.A.

Representada por:

MIREYA DEL CARMEN TERAN SANDOVAL.

Representado por: Asistida por:



Abg. ROSANGELA VASQUEZ M. Abg. JOSE CARLOS RODRIGUEZ DURAN.



El Secretario.

Abg. RUBEN ARRIETA A.





AVLH/RA.