REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Nueve (09) de Junio de Dos Mil Ocho
198º y 149º

Visto que para el día de hoy lunes 09 de junio del corriente año, a las nueve de la mañana (09:00 AM) se encuentra prevista la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa y debido a que la Abg. Erika Ojeda, I.P.S.A N° 108.441, representante judicial del demandante y el Abg. Miguel Torres, este último en su condición de abogado asesor de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, respectivamente, de común acuerdo solicitaron su reprogramación mediante diligencia de esta misma fecha (09-06-2008), que riela al folio 44, es por lo que este Tribunal acuerda la reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día MIERCOLES 18 DE JUNIO DE 2008, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se ordena notificar a las partes por encontrarse a derecho, de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.

El Secretario,


Abg. RUBEN ARRIETA.

UP11-L-2008-00003-Oswaldoliscano.-