REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000203.
PARTE DEMANDANTE: WILFREDO MARTINEZ ARTEAGA.
REPRESENTADO POR: Abgs. MANUEL VICENTE NAVAS P y CARMEN ELISA CASTRO G.
PARTE DEMANDADA: CENTRAL MADEIRENSE C.A.
EN LA PERSONA DE: CARLOS TEXEIRA Y/O DOMINGO DA CORTE DA SILVA y JOSE A. DE
ABREU GONZALEZ.
REPRESENTADA POR: Abg. DAVID ALEJANDRO CALZADILLA LISTA.
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO.

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los NUEVE (09) días del mes de JUNIO de 2008, siendo las 02:00 PM., de la Tarde, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Reprogramada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Solicitud de CALIFICACIÒN DE DESPIDO, incoada por el ciudadano: WILFREDO MARTINEZ ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.516.280, de este domicilio, representado en este acto por sus Apoderados Judiciales los Abogados en ejercicio: MANUEL VICENTE NAVAS P y CARMEN ELISA CASTRO GONZALEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 3.261.070 y 7.590.473 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 11.563 y 31.631, ambos de este domicilio, actuando con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: de la EMPRESA CENTRAL MAIDEIRENSE, C.A, representada por los ciudadanos: DOMINGO DA CORTE DA SILVA y JOSE ALBERTO DE ABREU GONZALEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 6.288.022 y 4.351.861 respectivamente, en sus carácter de Directores de la empresa demandada, domiciliada en el Centro Comercial la Galería, Urbanización El Saman, Avenida Carabobo con Avenida Norte 1, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, representada en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: DAVID ALEJANDRO CALZADILLA LISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.561.931 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.198, domiciliado en la ciudad de Caracas Distrito Capital, aquí de transito, quien actúa con sus facultades acreditas en autos, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2008-000203 de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 20-06-2008, a las 09:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los NUEVE (09) días del mes de JUNIO de 2008. Siendo las 02:25 PM de la Tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ

Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
Empresa Central Madeirense, C.A.

Representada por:


Representado por:


Abg. MANUEL V. NAVAS. Abg. DAVID A. CALZADILLA L.



Abg. CARMEN ELISA CASTRO G.


El Secretario.

Abg. RUBEN ARRIETA A.





AVLH/RA.