REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
(SEDE CIUDAD BOLÍVAR)
Ciudad Bolívar, 16 de junio de 2008
197º y 149º
ASUNTO FP02-R-2007-0000305
ACTOR: ENRIQUE ÁLVAREZ FERNÁNDEZ
APODERADOS DEL ACTOR: LUÍS OSWALDO HERNÁNDEZ SANGUINO, JOSÉ ÁNGEL SALAZAR RODRÍGUEZ Y CIPRIANO ANTONIO EUREA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 29.944, 74.637 y 120.179, respectivamente.
DEMANDADA: RUTAS AÉREAS, C. A. (RUTACA).
APODERADO DE LA DEMANDADA: SAÚL ANDRADE, abogado en ejercicio e inscrito en el I. P. S. A. bajo el número 52.653 y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Visto y leído el escrito presentado el 13 de junio de 2008 que hace el folio 38, suscrito por el abogado en ejercicio SAÚL ANDRADE, el cual documenta el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO de esta sede judicial, se le imparte aprobación y se homologa el desistimiento, dándose por terminada la presente causa y sin efecto alguno la apelación que trajo los autos a esta instancia. Se ordena tanto la remisión del expediente al Juzgado de origen, como dar por concluido el asunto en el sistema automatizado Juris 2000. Se ordena inutilizar todos y cada uno de los folios a excepción de los originales.
EL JUEZ,
ALCIDES SÁNCHEZ NEGRÓN
LA SECRETARIA DE SALA,
MARÍA VIRGINIA SIFONTES AVILEZ
ASN/Mvs/Rjch
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