REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 02 de junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO: FN01-X-2008-000010
RESOLUCION Nº PJ0182008000384

Vista la inhibición propuesta por la Dra. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de fecha 21 de mayo de 2008, donde se inhibe de seguir conociendo del asunto N° FP02-S-2008-003408, contentivo de la Consignación de Cánones de Arrendamientos, donde aparece como beneficiaria la ciudadana MARIA DEL VILLANO, por cuanto declara estar incursa en el ordinal 12º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que existe una amistad intima desde hace aproximadamente diez (10) años con la beneficiaria que aparece en el escrito de solicitud, y en vista que su imparcialidad pudiera verse comprometida, es por lo que me inhibe de practicar la misma.

Ahora bien, señalado lo anterior, se observa que los hechos expuestos por la Juez Inhibida, encuadran en la disposición contenida en el ordinal 12º del artículo 82 ejusdem, el cual establece:
“Por tener el recusado sociedad de intereses, o amistad intima, con alguno de los litigantes”.
Este tribunal en conformidad con la norma parcialmente transcrita, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta y así se decide EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.
Se ordena remitir la presente inhibición a su tribunal de origen, a los fines de que sea agregado a los autos.
La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.
La Secretaria Temporal,

Sofía Medina.

HFG/belkis