REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, doce de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: FH02-V-1999-000021
Asunto Antiguo: 585-B

En fecha 15 de mayo de 2008 el abogado Argenis Centeno, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.116, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano Joel Mosquera, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.885.518, compareció y solicitó se fijara nueva oportunidad a los fines de que sea nombrado los peritos evaluadores.

Este Tribunal mediante auto de fecha 19 de mayo de 2008 fijó la nueva oportunidad para la designación de peritos evaluadores para el tercer día de despacho siguiente a la fecha del auto a las 9:00 a.m.

En fecha 23 de mayo de 2008 tuvo lugar el acto de nombramiento de peritos compareciendo el apoderado judicial de la parte demandada, abogado Argenis Centeno, y señalo para el cargo de perito a la ciudadana LUZ ADRIANA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad Nº V-10.796.425, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.642 y de este domicilio, dejándose constancia que la parte actora no compareció por si ni por medio de apoderado alguno, procediéndose a nombrar a los ciudadanos LUIS MACHADO y MAURIS RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, el primero inscrito en el Colegio de Ingeniero bajo el Nº 16.516 y
la segunda en el Colegio de Administradores bajo el Nº LAC.06-16516, ordenándose su notificación mediante boleta, a fin de que concurriera al tercer (3er.) días de despacho siguiente a las 10:00 a.m., una vez constará en autos su notificación a manifestar su aceptación o excusa al cargo. Se consignó carta de aceptación de cargo de la ciudadana LUZ ADRIANA SANCHEZ y se libraron las boletas de notificación correspondientes.

El 28 de mayo de 2008 la ciudadana LUZ ADRIANA SANCHEZ compareció por ante este Tribunal a las 10:00 a.m., y aceptó el cargo recaído en su persona.

En la misma fecha el ciudadano Arquímedes Henriquez, en su carácter de coapoderado de la parte actora, ciudadano Francisco López de Freitas, consignó escrito contentivo de oposición al nombramiento de la ciudadana LUZ ADRIANA SANCHEZ como perito avaluador, por cuanto alegó que la ciudadana en cuestión no reúne las condiciones de especialista en materia civil para avalúos de inmuebles.

ARGUMENTOS DE LA DECISION

La parte ejecutante impugna el nombramiento de la ciudadana LUZ ADRIANA SANCHEZ, como perito que debe participar en la realización del justiprecio del inmueble embargado ejecutivamente.

En la incidencia abierta con el objeto de dilucidar la impugnación la parte accionada nada dijo respecto de la supuesta inidoneidad de la experta. A juicio de este sentenciador la determinación del justo valor del inmueble ciertamente requiere de conocimientos especiales los cuales debieron ser acreditados por la parte que hizo la designación.

El Juzgador conoce que la ciudadana LUZ ADRIANA SANCHEZ es abogada de la República, pero no consta que tenga conocimientos prácticos en la materia de avalúo de inmuebles motivo por la cual la impugnación debe prosperar. Así se decide.

DECISION

Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la impugnación interpuesta por el abogado Arquímedes A. Henriquez Q., apoderado accionante, al nombramiento de la ciudadana LUZ ADRIANA SÁNCHEZ, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN) sigue FRANCISCO LÓPEZ DE FREITAS contra JOEL MOSQUEDA DELGADO, en consecuencia, la parte demandada deberá proceder dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a nombrar otro experto en sustitución de LUZ ADRIANA SÁNCHEZ.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el tribunal.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los once días del mes de junio del dos mil ocho. Años 198° de la Independencia y 149º de la Federación.-

El Juez,
La Secretaria,
Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
Ab. Soraya Charboné.-

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las nueve y cuarenta (09:40 a.m.) de la mañana.-


La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-
MAC/Sch//Yinet.-
Resolución Nº PJ0192008000356