REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar



Visto el auto de admisión de fecha 12 de junio de 2008, realizado por el Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, donde se INHIBE la Jueza Temporal de ese Tribunal, abogada Merlid Elizabeth Figueredo, de conocer la solicitud de Consignación de Cánones de Arrendamiento presentada por la ciudadana Mirian Josefina Martínez Valles a favor del beneficiario Ángel Vidal, conforme a lo dispuesto en el Ordinal 12º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, los cuales dicen así:


“Por tener el recusado sociedad de intereses,
o amistad íntima, con alguno de los
litigantes”


Exponiendo que: "ME INHIBO, de conocer la presente solicitud signada con el Nº FP02-S-2008-003967, contentivo de Consignaciones de Cánones de Arrendamiento, donde aparece como Beneficiario el ciudadano ANGEL VIDAL, por cuanto declaro estar incursa en el ordinal 12º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto existe amistad Intima desde hace aproximadamente ocho (8) años con el beneficiario que aparece señalado en el escrito de solicitud, y en vista que mi imparcialidad pudiera verse comprometida, es por lo que me INHIBO de conocer la misma. Es todo".-

Ahora bien, señalado lo anterior se observa que los hechos expuestos por la Jueza Temporal, al proceder a Inhibirse concuerda con la disposición precedentemente transcrita, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta y así se decide.-

En consecuencia se ordena remitir la presente inhibición al Juzgado de origen, a fin de que tome nota de está decisión y oportunamente sea remitido a otro Tribunal de igual categoría que ha de conocer de la causa.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez,




Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,


Ab. Soraya Charboné.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se ordena remitir el expediente al Tribunal Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, constante diez (10) folios útiles, mediante oficio N° 025-702-08.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-


MAC/aji.-
ASUNTO: FN01-X-2008-000012
Resolución Nº PJ0192008000394