REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO SEDE EN CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, cinco de junio de dos mil ocho
198º y 149º



Vista la anterior demanda de Inquisición de Paternidad incoada por la ciudadana Deyaneth Nahir Rondon Muñoz, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 17.837.313 y de este domicilio contra el ciudadano David José Torres Rojas, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 16.499.580 y también de este mismo domicilio. Désele entrada en los libros de registros de causas respectivas. El Tribunal, observa que la ciudadana Deyaneth Nahir Rondon Muñoz procede en representación de su hijo José Manuel Rondón, de siete meses de edad, siendo su pretensión que se declare que el demandado es el padre biológico del niño.

La pretensión es de las llamadas en doctrina acciones de estado, la cual debe ser conocida por un órgano jurisdiccional que tenga atribuida competencia en materia de familia y en especial por un Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente por disponerlo así la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en su artículo 177, parágrafo primero, literal “a”. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar DECLINA en el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar la competencia para conocer la presente causa por ser ese el órgano jurisdiccional al cual la ley llama a conocer de las acciones de familia cuando en la relación procesal figure un niño o adolescente.

Se ordena la remisión de este expediente al Tribunal antes mencionado. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,


Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-
MAC/aji.
ASUNTO: FP02-F-2008-000183