JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 13 DE MARZO DE 2008.
AÑOS: 197º y 149º

Por cuanto en fecha 12 de Febrero del año en curso, fui designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio N° CJ-08-0148, como JUEZ PROVISORIO de este Tribunal, tomando posesión a partir del día 21 de febrero de los corrientes, me avoco al conocimiento de la presente causa.
Revisadas las actas que integran la presente causa, y vista la diligencia de fecha 25-01-2001, suscrita por el Abogado BALMORE RODRIGUEZ, Inpreabogado N° 34.902, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, donde desiste de la presente causa; este Tribunal, a los fines de impartir justicia acuerda lo solicitado y por cuanto el mismo se contrae a derechos disponibles sobre los cuales no están interesados el orden público, ni las buenas costumbres, ni es violatoria de norma legal expresa, En consecuencia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su aprobación en sus propios términos y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio. Archívese el expediente

El Juez Provisorio,

Abg. EDUARDO J. CHIRINOS CH.
La Secretaria,

Abg. LINETTE VETRI MELEAN.
EJCH/eq
Expediente N° 11.976