REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS,
BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ
Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
AÑOS: 197° Y 149°
CHIVACOA, 04 de Marzo de 2008

Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio N° 0066-2008, de fecha 04 de Marzo de 2008, procedente del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, librado en el Expediente Civil N° 1193/2008, relativo al Juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano OSWALDO GIMÉNEZ LO PILATO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.937.476, representado por el Abogado en ejercicio JOSÉ MIGUEL MATERAN SANOJA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 48.567, contra la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ROA GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.824.538. Désele entrada, anótese en lo Libros respectivos, quedando signado con el N° 578/08, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

COM N° 578/08

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS,
BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ
Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
AÑOS: 197° Y 149°
Chivacoa, 12 de Marzo de 2008
Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal Ejecutor de Medidas fija su traslado y constitución, para la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Jueves 27 de Marzo de 2008 a las 10:00 de la mañana. Se designa como Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., notifíquesele de su designación, lugar, día y hora de la práctica de la medida, ofíciesele al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una Comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas del Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa.-
Com. N° 578/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 27 de Marzo de 2008
AÑOS: 197° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Miércoles 09 de Abril de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

LA SECRETARIA SUPLENTE,

ABG° DAYANA MERCEDES LEAL CORDERO





GARM/czdp.-
Com. N° 578/08









GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 09 de Abril de 2008
AÑOS: 197° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Jueves 08 de Mayo de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

LA SECRETARIA SUPLENTE,

ABG° DAYANA MERCEDES LEAL CORDERO





GARM/czdp.-
Com. N° 578/08









GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 08 de Mayo de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Lunes 02 de Junio de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE





GARM/vapa.-
Com. N° 578/08









GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 02 de Junio de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Martes 02 de Julio de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE





GARM/mcgv.-
Com. N° 578/08












GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 02 de Julio de 2.008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Jueves 31 de Julio de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE





GARM/vapa.-
Com. N° 578/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 31 de Julio de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Jueves 18 de Septiembre de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE





GRM/vapa.-
Com. N° 578/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 18 de Septiembre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Jueves 16 de Octubre de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy, y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE



GARM/mdso.-
Com. N° 578/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 16 de Octubre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Jueves 13 de Noviembre de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/mdso.-
Com. N° 578/08
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 13 de Noviembre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Martes 16 de Diciembre de 2008, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa.-
Com. N° 578/08
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 16 de Diciembre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Lunes 02 de Febrero de 2009, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa.-
Com. N° 578/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 03 de Febrero de 2009
AÑOS: 198° Y 149°

Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa por cuanto la parte interesada no se hizo presente en el día de hoy, oportunidad fijada para la práctica de la medida comisionada, en consecuencia, se acuerda fijar nuevamente su traslado y constitución para la práctica de la medida EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día Miércoles 04 de Marzo de 2009, a las 10:00 de la mañana. A tal efecto líbrense los Oficios a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L., al Destacamento N° 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales con sede en el Municipio Sucre del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Sucre del Estado Yaracuy. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE





GARM/vapa.-
Com. N° 578/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 04 de Marzo de 2009
AÑOS: 198° y 150°

Revisada como ha sido la presente Comisión, y visto el auto de fecha 03 de Febrero de 2009, el cual corre inserto al folio Treinta y Seis (36) de la misma, donde se fijó oportunidad para la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, en la población de Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para el día de hoy 04 de Marzo del presente año, a las 10:00AM., este Tribunal observa: PRIMERO: En el presente Despacho de Comisión, conferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, se encargó a este Tribunal la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, en juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoado por el ciudadano OSWALDO GIMÉNEZ LO PILATO, Venezolano, mayor de edad, comerciante y titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.937.476, contra la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ROA GARRIDO, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.824.538; SEGUNDO: Recibida la comisión el día 04 de Marzo de 2008 se le dio entrada en la misma fecha y se le asignó el N° 578/08, se fijaron oportunidades en las siguientes fechas: 12 de Marzo de 2008, folio Veinticinco (25), 27 de Marzo de 2008, folio Veintiséis (26), 09 de Abril de 2009, folio Veintisiete (27), 08 de Mayo de 2008, folio Veintiocho (28), 02 de Junio de 2008, folio Veintinueve (29), 02 de Julio de 2008, folio Treinta (30), 31 de Julio de 2008, folio Treinta y Uno (31), 18 de Septiembre de 2008, folio Treinta y Dos (32), 16 de Octubre de 2008, folio Treinta y Tres (33), 13 de Noviembre de 2008, folio Treinta y Cuatro (34) y 16 de Diciembre de 2008, folio Treinta y Cinco (35) difiriéndose las mismas por ausencia de la parte interesada, lo cual evidencia que este Juzgado ha actuado ajustado a derecho a fin de dar cumplimiento a la presente comisión y visto que hasta la presente fecha no ha habido impulso procesal por la parte interesada. En consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda devolver la presente Comisión por falta de Impulso Procesal al Juzgado Comitente. Désele salida, anótese en los Libros respectivos, provéanse las copias debidamente certificadas y remítase mediante Oficio. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN.
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto que antecede mediante Oficio N° 50, constante de Treinta y Nueve (39) folios útiles.-

EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/vapa
COM. No.578/08