ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2004-000689
ASUNTO : UP01-P-2004-000689
Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal en fecha 29-01-2008 condenó al ciudadano FRANKLIN OVIEDO PALENCIA, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 24165153, con domicilio en el Sector Agropecuaria Guáramo, Ubicado en la Avenida el Diamante, Municipio José Antonio Páez, del Estado Yaracuy.; a cumplir la pena de Un (1) Año y Seis (6) Meses de prisión por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277del Código Penal, se procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado fue detenido el día 09-12-2004 hasta el 11-12-2004, cuando el juzgado de control N° 04, le otorga cautelar de presentación, por lo que se infiere que estuvo detenido UN (01) DIA, faltándole por cumplir la pena impuesta UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS, la cual vence el 02-11-2009 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a partir de la presente fecha. Vista la solicitud de la defensa se ordena oficiar a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del recluso a los fines de que remita a este Despacho la Certificación de Antecedentes Penales; Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario anexando al oficio Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria y del presente auto a fin de que realice el correspondiente informe Psícosocial al penado, remítase copia del presente asunto. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución Nº 01
Abg. Esmeralda López Guzmán
La Secretaria
Abg. Marbella Gutiérrez
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