REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes
Del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy
San Felipe, 10 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2007-000163
ASUNTO : UP01-D-2007-000163
Visto el escrito presentado por la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, donde informa a este Despacho Judicial que los adolescentes: Víctor y Alfagi Raga identificados en el asunto penal UP01-D-2007-000163, una vez practicadas las diligencias, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Chivacoa los identifica plenamente como: Víctor Joel Sandoval Sánchez Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 25.928.823, soltero, nacido el 14/0271997 de 10 años de edad, estudiante, hijo de Víctor Briceño y Yuli Sandoval residenciado en el Barrio Maria Lionza, vereda 03, casa N° 07, Chivacoa Estado Yaracuy y Darwin Rene Raga Herrera Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 25.928.524, soltero, nacido el 03/08/1995, de 11 años de edad, estudiante, hijo de Alirio Raga y Olimpia Herrera Residenciado en el Barrio Maria Lionza, primer Estacionamiento, casa N°6, Chivacoa Estado Yaracuy, por lo que se desprende que los involucrados en el delito investigado son niños para el momento de ocurrir los hechos es por lo que el Ministerio Publico remite la causa al Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Bruzual Chivacoa Estado Yaracuy conforme a lo previsto en el artículo 532 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente al respecto este Tribunal de Control N°1 de la Sección de Adolescentes observa lo siguiente:
I
Análisis del Tribunal
Cuando un niño se encuentre incurso en un hecho punible solo se le aplicaran medidas de protección , de acuerdo al parágrafo Primero si un niño es sorprendido en flagrancia por una autoridad policial esta dará aviso al Fiscal del Ministerio Publico quien lo pondrá dentro las Veinticuatro horas a la orden del Consejo de Protección.
En el presente caso se evidencia que los investigados: Víctor Joel Sandoval Sánchez, y Darwin Rene raga Herrera antes identificados son niños , que de acuerdo a la clasificación del grupo etario previsto en el artículo 533 de la Ley especial que rige la materia penal adolescencial los mencionados niños no entran dentro del ámbito de aplicación de la Ley Penal del Adolescente, que de acuerdo con lo previsto en el artículo 534 ejusdem las presentes actuaciones deben ser remitida al Consejo de Protección así como lo efectuó el Ministerio Publico especializado.
De lo anterior al no tener este Tribunal de Control N°1 de la Sección de Adolescente competencia funcional para dirimir el presente asunto es por lo que ordena remitir las presentes actuaciones al Archivo Central para su desincorporación y posterior remisión al Archivo Judicial.
II
Decisión
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N°1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda remitir las presentes actuaciones al Archivo Central para su desincorporación y Posterior remisión al Archivo Judicial por no tener materia sobre la cual decidir. Remítanse las presentes actuaciones. Notifíquese a las partes. Librese el oficio correspondiente. Cúmplase.
La Jueza de Control N°1 de la Sección de Adolescentes
Abg. Yurubí Domínguez Ochoa
La Secretaria
Abg. Carmen Norelly Rangel