REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Trece (13) de Marzo de Dos Mil Ocho.-
197º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2007-000479
Vista la diligencia que riela al folio Ochenta y Dos (82) de este asunto, suscrita por las Abogadas en ejercicio YURALY M. LAYA, ANA TORREALBA y ERIKA OJEDA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 62.559, Nº 114.880 y Nº 108.441 respectivamente, actuando en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte demandada y Apoderada Judicial de la parte demandante respectivamente, y la Abg. YASNERIS MUJICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.263, actuando en representación de la COOPERATIVA CUATRO TRECE, R.L, quienes conjuntamente solicitan del Tribunal se reprograme la Audiencia Preliminar prolongada fijada para el día de hoy 13-03-2008 a las 11:00 AM, y solicitan se reprograme para el dentro de diez días contados a partir de hoy. En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR esta Audiencia Preliminar Prolongada para el día MIERCOLES 02-04-2008 a las 10:00 (AM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
La Secretaria,
Abg. NORAYDEE REVEROL
AVLH/NR/lisbethcamacaro