REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJEUCION DE LA CIRCSUNCUNSCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Diecisiete (17) de Marzo de Dos mil Ocho
197º y 149º

ASUNTO: UP11-L-2007-000621

Vista la diligencia que riela al folio Treinta y Cuatro (34) del presente asunto, suscrita por los Abogados en ejercicio: SEGUNDO RAMIREZ y JESSICA GRUPILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 30.758 y Nº 129.315 respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante por una parte y por la otra el Abogado en ejercicio: JOSE LUIS OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.594, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, quienes conjuntamente solicitan del Tribunal la reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para el día de hoy 17-03-2008 a las 2:00 PM, en virtud de haber sostenido conversaciones para una solución de la presente controversia. En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR esta Audiencia Preliminar Prolongada para el día LUNES TREINTA y UNO (31) DE MARZO DE 2008 a las DOS DE LA TARDE 2:00 (PM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ

La Secretaria,


Abg. NORAYDEE REVEROL










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