REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
197º y 148º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000083.
PARTE DEMANDANTE: EFRAIN ANTONIO ORTEGA GOMEZ.
REPRESENTADO POR: Abg. GREIDY L. OJEDA M.
PARTE DEMANDADA: “LA CARIDAD, C.A”
EN LA PERSONA DE: JUAN RAMON CURBELO PEREZ.
REPRESENTADA POR: Abg. LUIMAR BASTIDAS C.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de MARZO de 2008, siendo las 10:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: EFRAIN ANTONIO ORTEGA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.210.361, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: GREIDY L. OJEDA M, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.454.460 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 122.071, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: de LA EMPRESA “LA CARIDAD, C.A”, representada por el ciudadano: JUAN RAMON CURBELO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.198.152, domiciliado en el Sector Quiriquire del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, en su condición de Presidente de la Empresa Demandada, representada en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: LUIMAR BASTIDAS C, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.069.054 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.400, domiciliada en la Ciudad de Valencia, Estado Carabobo, aquí de transito, quien consigna en esta oportunidad Originales y Copias del Instrumento Poder y del Documento Constitutivo de su representada, a los fines de demostrar sus facultades para actuar en Juicio en representación de la empresa Accionada y a su vez solicita las Certificaciones de dichos documentos por parte de este Juzgado y a tal efecto pide se les devuelvan sus Originales, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2008-000083, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día JUEVES 10-04-2008, a las 12:00 M. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que la Apoderada Judicial del demandante, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Un (01) folio útil, con Noventa y Un (91) anexos marcados con la letra: “A”. Así mismo, esta Sentenciadora deja constancia que la Apoderada Judicial de la empresa demandada, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Tres (03) folios útiles, con anexos marcados con las letras: “A” a la ,”A2”,”B”,”C”,”D”,”F”, ”G”,”H”,”I”,”J”,”K” y Expediente marcado con los números: desde (01) al (105). Se ordena practicar las Certificaciones de los documentos solicitada y a tal efecto se acuerda devolver sus Originales.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de MARZO de 2008. Siendo 11: 10 AM de la Mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ


Por la parte demandante: Por la parte Demandada:

“La Caridad, C.A”

Representado por: Representada por:


Abg. LUIMAR BASTIDAS C.

Abg. GREIDY L. OJEDA M.




La Secretaria,

Abg. NORAYDEE REVEROL



AVLH/NR.