REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, treinta y uno (31) de Marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2007-001039
Revisadas las actas contentivas del presente expediente y en especial el la consignación efectuada por el ciudadano Alguacil de este Circuito Judicial, cual cursa al folio treinta y cuatro (34) del presente expediente y la certificación de dicha actuación por parte de la ciudadana Secretaria de este Tribunal, el Tribunal observa que el Cartel de Notificación Librado a la parte Actora, ciudadana YACIRA MARIA OCHOA, contiene un error material, pues del contenido del mismo se observa que se señaló que la demanda era incoada contra la Empresa C.V.G. VENALUM, C.A., cuando lo correcto era contra la Sociedad Mercantil C.V.G. CARBONORCA, C.A., motivo por el cual , esta Sustanciadora considera como director del proceso, que se hace de imperiosa necesidad, a los fines de depurar los vicios que se encuentren en el Procedimiento, conforme a las previsiones del Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por remisión expresa del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Reponer la presente Causa, al estado de que se Notifique nuevamente a la parte accionante, y para ello este Tribunal en consecuencia deja sin efecto el Cartel emitido en fecha 04 de Diciembre del 2007 y ordena Librar uno Nuevo. Se deja sin efecto y valor alguno las actuaciones contenidas a los folios treinta (34) y treinta y cinco (35) del Expediente. La anterior decisión se dicta Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela. CUMPLASE.-
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. Mercedes Sánchez R.
La Secretaria,
Abg. Carmen Ledezma.