REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2006-000719
PARTE ACTORA: MAURERA BLAS RAFAEL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIMON ANTONIO BLANCO RANGEL
PARTE DEMANDADA: ALUMINIOS DEL CARONI, S.A. (ALCASA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOANA PIÑERO HUG, MAOLY MEDINA DEL NOGAL, LOANGGI RODRIGUEZ VILLENA, LILINA CALLIGARO
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD PROFESIONAL

En el día hábil de hoy 06 de marzo de 2008, siendo las 2:00 P.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar comparece la abogada LILINA CALLIGARO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el n° 125.892, en su condición de co-apoderada judicial de la demandada de autos: CVG ALUMINIOS DEL CARONI, S.A. (ALCASA), en ese estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años. 197º y 149º

El Juez

ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ

La Secretaria de Sala,

ABG. MIRNA CALZADILLA