REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de Mayo de 2008
Años: 198° y 149°
Vista la diligencia anterior suscrita y presentada por la abogada MARVIA MONTES MENDOZA, Inpreabogado N° 24.973, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil PROMOCIONES ERIM COMPAÑÍA ANONIMA, mediante el cual DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO de ACCION MERO DECLARATIVA, seguido bajo el expediente N° 5381, contra CAVENDES SOCIEDAD FINANCIERA, y solicita le sea devuelto el poder original cursante a los folios 8 y 9 del expediente. Igualmente solicita le sea expedida copia simple de la documental cursante a los folios 46 al 48 ambos inclusive.
AL RESPECTO, ESTA INSTANCIA en cuanto al primer pedimento, considera que tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. En consecuencia, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al segundo y tercer pedimento, ordena devolver la documental original a la peticionaria dejando en su lugar copia certificada, y expedir la copia simple de los folios arriba señalados, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez que la parte interesada, provea los emolumentos para la misma.- Devuélvase original, librese copias certificada y simple.-
La Jueza;
Abg° WENDY C. YANEZ RODRIGUEZ.
La Secretaria Temporal;
T.S.U. Inés M. Martínez Regalado.