JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe 27 de Mayo de 2008
Años 198° y 149°


Visto el convenimiento suscrito entre las partes en el acto de embargo preventivo, inserto a los folios del 34 al 37, y la diligencia anterior cursante a los folios 44 al 46 ambos inclusive, suscrita y presentada por la abogada MARIA ELENA ALVAREZ Inpreabogado N° 22.532 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez la parte solicitante provea los emolumentos para la misma.-

La Jueza,


Abog. WENDY YANEZ RODRIGUEZ



La Secretaria Temporal,


T.S.U. INES MARTINEZ